concejo deliberante

Municipalidad de Dorila. Gestión Natalia Evangelina Hollmann

2019 – 2023:
El 10 de diciembre de 2019 asumieron:

Raúl Valentín Rodríguez (viceintendente)

Franco Fioravantti y Mara Rivarola, para integrar el cuerpo deliberativo.

 El Concejo Deliberante de la municipalidad de Dorila, durante el período 2015 -2019 estuvo integrado por los ediles: Mara Susana Rivarola (viceintendenta), Raúl Valentín Rodríguez y Sergio Luis Genero. (foto)

ORDENANZAS

AÑO 2021

Nº 01 Habilitación comercial Granos del Oeste

ORDENANZA Nº 01 /2021

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial de la Razón Social: GRANOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, en el rubro: Acopio de Cereales y Semillas con actividades accesorias de Venta por menor de Agroquímicos y Servicios de almacenamiento y depósito;

 

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas: Acopio de Cereales y Semillas con actividades accesorias de Venta por menor de Agroquímicos y Servicios de almacenamiento y depósito);
Que ejerce como Presidente de la Asamblea de la firma y accionistas la señora Anaclara Chico, DNI 29.649.482

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar y aprobar Habilitación Comercial, de la Razón Social: GRANOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, en el rubro Acopio de Cereales y Semillas con actividades accesorias de Venta por menor de Agroquímicos y Servicios de almacenamiento y depósito; con domicilio fiscal en Avda Circunvalación 426, Barrio: Este de la localidad de General Pico con planta funcionando en localidad de Dorila.-

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 04 de Enero de 2021.-

 

AÑO 2020

Nº 01 Más luces menos ruido

ORDENANZA N º 01 /2020

VISTO:

Adhesión a la Campaña “Menos ruido, Más luces”

CONSIDERANDO:

Que es función de este Concejo velar por la salud y el bienestar de los habitantes de esta localidad.
Que se debe generar una mayor conciencia sobre los efectos que los ruidos provocan en personas con autismo y animales, sumado a que por el mismo precio la pirotecnia lumínica tiene más duración que la de estruendos,
Que dicha iniciativa la llevan adelante desde hace varios años asociaciones, fundaciones y grupos de padres de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA),
Que la campaña busca que quienes compran pirotecnia adquieran fuegos artificiales lumínicos en lugar de aquellos que tienen impacto auditivo, que afectan a quienes tienen autismo y padecen hipersensibilidad auditiva,
Que la propuesta apunta a un cambio cultural.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Adherir en su totalidad a la Campaña: “Más Luces, Menos Ruido”
Art 2: Declararla de interés municipal
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 18 de Diciembre de 2019.-

 

 

 

Nº 02 Restitución Tierras

ORDENANZA N º 02 /2020

VISTO:

Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 13 de Diciembre de 2019 la restitución de los inmuebles del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designados catastralmente: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcelas Nº 14 y 15, Partidas Nº 786.127 y 786.128 y;

CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 30/1990, dichos bienes se donaron al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda;
Que por Resolución Nº 22/19 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfieren a título gratuito a favor de esta Municipalidad los inmuebles mencionados;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar la RESTITUCION de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificados catastralmente como Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcelas Nº 14 y 15, Partidas Nº 786.127 y 786.128

Art 2: Elevar copia al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

 

 

 

DORILA, 06 de Enero de 2020

 

 

 

Nº 03 Autorización entrega cuatro viviendas sociales Viviendas La Pampa

ORDENANZA N º 03 /2020ORDENANZA N º 03 /2020
VISTO:
   El Decreto N° 988/18 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “VIVIENDAS LA PAMPA” y la Resolución N° 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y

CONSIDERANDO:
            Que mediante Ordenanza Nº 12/2018 el Ejecutivo Municipal se adhiere PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “VIVIENDAS LA PAMPA”; Que mediante Resolución Nº 762/18y sus Anexos el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda aprueba el aporte no reintegrable destinado a la construcción de viviendas denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA”; Que con fecha 6 de julio de 2018 se suscribe el convenio de ejecución para la construcción de cuatro(4)viviendas entre el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda y el Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta localidad; Que el listado de adjudicatarios reúne las condiciones establecidas en el reglamento del PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA”; tal como ha sido certificado por el IPAV.- Que la mencionada Reglamentación requiere la posterior escrituración a los beneficiarios de las viviendas;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: °: Autorizar al Ejecutivo Municipal a realizar la entrega de cuatro (4) viviendas del PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA”  

 

Art 2: Autorizar al Ejecutivo Municipal a efectuar los trámites correspondientes y designar Escribano Publico para la Escrituración de las Viviendas a los adjudicatarios.
Art 3: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos; cumplido archívese. 

 

 

 

                                                                                                          DORILA, 20 de Enero de 2020.-

Nº 04 Aumento Tasas Servicios Municipales

ORDENANZA Nº 04 /2020ORDENANZA Nº 04 /2020
VISTO:                                La necesidad de establecer los valores de Impuestos Municipales  para el corriente ejercicio y:

CONSIDERANDO:
                       Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.

 

POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Se establece el siguiente esquema para la actualización de tasas municipales:⦁ el aumento del 30% en todas las tasas municipales que regirá a partir del 01 de Marzo del presente año.-⦁ el aumento del 30% más en todas las tasas municipales que regirá a partir del 01 de Junio del presente año.-⦁ el aumento del 35% más en todas las tasas municipales que regirá a partir del 01 de Octubre del presente año.-⦁ Art 2:.- Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 03 de Marzo  de 2020.- 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 06 Prohibición Transporte Publico Covid 19

ORDENANZA Nº 06 /2020

VISTO:
Acceso a la localidad de otras localidades y circulación de Vehículos de transporte público que no cumpla con las medidas sanitarias

CONSIDERANDO:

Que por adhesión al Decreto Provincial Nº 521/20 y 726/20 a fin de prevenir la circulación y el contagio de Covid 19, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio…

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Prohíbase el acceso y circulación de Vehículos de transporte público que no cumpla con las medidas sanitarias correspondientes tales como tapabocas, guantes y la divisoria entre habitáculos.

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 01 de Abril de 2020.-

 

Nº 07 2020 Prohibición acceso cuarentena

ORDENANZA Nº 07/2020

VISTO:

La prohibición de ingreso de toda aquella persona que no posea domicilio, ni radique en la localidad de Dorila, provincia de La Pampa, o provenga de otra provincia salvo los expendedores de mercadería que abastecen a los comercios locales

CONSIDERANDO:
Que por DNU del Ejecutivo Nacional se declaró la cuarentena social, preventiva y obligatoria

La necesidad de mantener la cuarentena social, preventiva y obligatoria y proteger a nuestros habitantes

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Prohíbase el acceso y permanencia de toda aquella persona que no posea domicilio, ni radique en la localidad de Dorila, provincia de La Pampa, o provenga de otra provincia salvo los expendedores de mercadería que abastecen a los comercios locales

ART 2: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA,23 de Abril de 2020 .-

 

 

Nº 06 Prohíbase el acceso y circulación de vehículos de transporte público

ORDENANZA Nº 06 /2020
VISTO:
Acceso a la localidad de otras localidades y circulación de vehículos de transporte público que no cumpla con las medidas sanitarias
CONSIDERANDO:
Que por adhesión al Decreto Provincial Nº 521/20 y 726/20 a fin de prevenir la circulación y el contagio de Covid 19, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio…
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Prohíbase el acceso y circulación de vehículos de transporte público que no cumpla con las medidas sanitarias correspondientes tales como tapabocas, guantes y la divisoria entre habitáculos.
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese
DORILA; 01 de abril de 2020.

Nº 07 Prohíbase el acceso y permanencia de personas

DORILA; 06 de Mayo de 2020.
ORDENANZA Nº 09/2020
VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;
CONSIDERANDO:
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;
Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorízase a la señora Intendente Natalia Hollmann a la solicitud de fondos para la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, para el año 2020.-
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido archívese.

Nº 08 Albañiles permiso

VISTO:

Posibilidad y condiciones de trabajo de constructores y/o albañiles locales en la realización de trabajos
CONSIDERANDO:

Que por adhesión al Decreto Provincial Nº 521/20 y 726/20 a fin de prevenir la circulación y el contagio de Covid 19, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio…
Que dicha medida se condice con la crítica situación económica que se vive en la actualidad

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autoriza a constructores y albañiles locales a la realización de trabajos en la localidad en las condiciones indicadas en el artículo 2.

Art 2: Condiciones: -El trabajo se realizará con un máximo de 2 personas, manteniendo las medidas preventivas y de higiene del caso.
– Albañiles que no pertenezcan a la localidad no podrán ingresar a la misma ni trabajar en ella
– Albañiles locales no podrán salir para realizar trabajos en otras localidades hasta el 10 de mayo, a informar

Art 3: En caso de incumplimiento por parte del trabajador se procederá a la clausura de obra e inhabilitación de trabajo para el infractor

Art 4: Los trabajadores deberán previamente informar su situación en este municipio.

Art 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 23 de Abril de 2020.-

 

Nº 09 Autorizando solicitud de fondos para Soluciones Habitacionales 2020

DORILA; 06 de Mayo de 2020.
ORDENANZA Nº 09/2020
VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;
CONSIDERANDO:
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;
Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorízase a la señora Intendente Natalia Hollmann a la solicitud de fondos para la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, para el año 2020.-
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido archívese.

Nº 10 Autorizando al Ejecutivo Municipal a iniciar la Prescripción Administrativa

ORDENANZA Nº 11 /2020
VISTO:
Amplíase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto Nac N° 297/20, para la circulación de las personas (caminatas) según criterios preestablecidos, como así también horarios de comercios
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Se autoriza y amplían los días para la realización de sólo caminatas, siendo los mismos los martes y jueves en horarios de 09:00 hs a 18:00 hs.
Art 2: Se autoriza nuevo horario de atención de comercio hasta las 20:00 hs
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese
DORILA; 06 de Mayo de 2020.

 

Nº 11 Ampliando el listado de actividades y servicios exceptuados

ORDENANZA Nº 11 /2020
VISTO:
Amplíase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto Nac N° 297/20, para la circulación de las personas (caminatas) según criterios preestablecidos, como así también horarios de comercios
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Se autoriza y amplían los días para la realización de sólo caminatas, siendo los mismos los martes y jueves en horarios de 09:00 hs a 18:00 hs.
Art 2: Se autoriza nuevo horario de atención de comercio hasta las 20:00 hs
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese
DORILA; 06 de Mayo de 2020.

 

 

 

 

Nº 11 Cuarentena, horarios caminatas y comercios

ORDENANZA Nº 11 /2020

VISTO:
Amplíase el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto Nac N° 297/20, para la circulación de las personas (caminatas) según criterios preestablecidos, como así también horarios de comercios

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Se autoriza y amplían los días para la realización de sólo caminatas, siendo los mismos los martes y jueves en horarios de 09:00 hs a 18:00 hs.
Art 2: Se autoriza nuevo horario de atención de comercio hasta las 20:00 hs
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 06 de Mayo de 2020.-

 

Nº 12 Adhesión Ley Micaela

ORDENANZA Nº 12 /2020

VISTO:
ADHESION Ley Nacional 24799 y Ley Provincial 3175: LEY MICAELA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional 27499 recibe el nombre de Ley Micaela en homenaje a Micaela García, joven militante y activista , nacida en Gualeguay, Entre Ríos; secuestrada, violada y asesinada el 01 de Abril de 2017 por Sebastián Wagner estando en libertad condicional,
Que su nombre es ahora símbolo de una causa que simboliza la erradicación de la violencia de género
Que incorpora el enfoque de género en organismos estatales y tiene la finalidad de lograr la igualdad de oportunidades y respeto mutuo sin distinción de géneros basado únicamente en el solo hecho de ser seres humanos.
Que la norma establece la capacitación obligatoria para todas las personas que se desempeñen en la función pública.
Que la Ley prevé que los organismos públicos que capaciten a su personal podrán realizar adaptaciones de materiales y/o programas o desarrollar uno propio debiendo regirse por la normativa, recomendaciones y otras disposiciones que establecen al respecto los organismos de monitoreo de las convenciones vinculadas a la temática de género y violencia contra las mujeres suscriptas por el país.
Que la provincia de La Pampa adhirió a la misma a través de la Ley provincial Nº 3175.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Adherir a la Ley Nacional 24799 y Ley Provincial 3175 nominadas como LEY MICAELA
Art 2: Instar y participar en las respectivas capacitaciones
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 06 de Mayo de 2020.-

 

Nº 13 Autorizando compra de mini tractor

ORDENANZA Nº 13 /2020

 

VISTO:

Adquisición Mini Tractor Desmalezador (nuevo) para uso de la Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que es necesario adquirir Mini Tractor Desmalezador para uso en los espacios verdes correspondientes a esta Municipalidad
Que los fondos a usar corresponden a la ley de coparticipación.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar por parte del Ejecutivo la compra de un Mini Tractor Desmalezador para uso en los espacios verdes correspondientes a esta Municipalidad

Art 2: Que la compra se realizó a la empresa El Surco Tractores, del mini tractor MTD 60L ,0km, 2 correas, 20HP Coler; la compra ascendió a $223.000, a abonar mediante transferencia.

Art.3: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA: 06 de Mayo de 2020

 

 

Nº 14 Restitucción Manzana 66b parcelas 14 y 15

ORDENANZA Nº 14 /2020ORDENANZA Nº 14 /2020
VISTO:     Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 13 de diciembre de 2019 la restitución de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designados catastralmente: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcelas N°14 y 15, Partidas N° 786.127 y 786.128 y;

CONSIDERANDO:Que por Ordenanza N° 30/1990, dichos bienes se donaron al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda;
Que por Resolución N° 22/19 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfieren a título gratuito a favor de esta Municipalidad los inmuebles mencionados;

POR ELLO:EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar la RESTITUCIÓN de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificados catastralmente como: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcelas N°14 y 15, Partidas N° 786.127 y 786.128;
Art 2: Elevar copia al  Instituto Provincial Autárquico de Vivienda
Art 3: Dar al Libro de Resoluciones y Ordenanzas Comunales.- 

 

DORILA; 26 de Junio de 2020.- 

Nº 15 A Aceptando baja titular Ferretería Dorila

ORDENANZA Nº 15 A /2020

VISTO:
Solicitud Baja en la Titularidad del comercio figurado como Ferretería Dorila del señor Genero, Luis DNI 23.851.159

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas) y se solicitó un cambio de titularidad a nombre de Bravo, María Elena DNI 28.926.628
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar la Baja en la Titularidad del comercio figurado como Ferretería Dorila del señor Genero, Luis DNI 23.851.159
Art 2: Que a tal efecto se ha observado toda la documentación pertinente
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 26 de Junio de 2020.-

Nº 16 Actualizando montos Libretas Sanitarias y Habilitaciones

ORDENANZA Nº 16 /2020

VISTO:
Actualización montos de Libreta Sanitaria y Tasa por Habilitación de Comercio, Industria, Depósitos y Servicios

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar los montos para las formas anteriormente mencionadas

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Determinase el monto de 20 U (Unidades de combustible: Diesel YPF) para la obtención de la Libreta Sanitaria.

Art 2: Determinase el monto de 60 U (Unidades de combustible: Diesel YPF) para la obtención de Tasa por Habilitación de Comercio, Industria, Depósitos y Servicios.

Art 3: La renovación de dicha Libreta corresponderá al 50% del total para su obtención.

Art 4: Dichos montos regirán a partir del 01 de Julio de 2020

Art 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

DORILA; 26 de Junio de 2020.-

 

Nº 17 Restitucción Manzana 66b parcelas 21

  ORDENANZA Nº 17 /2020  ORDENANZA Nº 17 /2020
VISTO:     Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 25 de Junio del 2020 la restitución de los inmuebles propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designados catastralmente: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcela N° 21;

CONSIDERANDO:Que por Ordenanza N° 30/1990, dichos bienes se donaron al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda;
Que por Resolución N° 22/19 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfieren a título gratuito a favor de esta Municipalidad los inmuebles mencionados;

POR ELLO:EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar la nota solicitando la  RESTITUCIÓN del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificados catastralmente como: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 66b, Parcelas N°21;
Art 2: Elevar copia al  Instituto Provincial Autárquico de Vivienda
Art 3: Dar al Libro de Resoluciones y Ordenanzas Comunales.- 

 

DORILA; 26 de Junio de 2020.- 

Nº 18 Ampliación zona urbana 2020

ORDENANZA Nº 18 /2020

VISTO:

La necesidad de ampliar la Zona Urbana perteneciente al Ejido de la localidad de Dorila.

CONSIDERANDO:

Que según ley Nº 1597, son facultades normativas del Concejo Deliberante dictar ordenanza referente al plan de urbanización y delimitar espacios;
Que es necesaria su determinación para acompañar el crecimiento, el mejoramiento y ampliación de los servicios de esta localidad.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Delimitase como Zona Urbana de la localidad de Dorila, el sector comprendido: de Norte a Sur, desde la calle Félix I. Campos hasta calle 8 (S. Martelono); y de Oeste a Este, desde Calle 9 (P Graciarena) hasta Calle 17 S/Nombre

Art 2: Comprendiendo los modos de vida y la dinámica propia de la localidad, se comenzará institucionalizando lo existente.

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

Art 4:

 

DORILA;03 de Julio de 2020.-

 

Nº 19 Actualizar Trámites Planos

ORDENANZA Nº 19 /2020ORDENANZA Nº 19 /2020
VISTO: Actualización montos para Trámites de Planos   
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar los  montos para la forma  anteriormente mencionada     POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Determinase los siguientes  montos para la tramitación Planos, dados en U de combustible (diesel YPF)⦁ PLANILLA C1…………………………..3  U⦁ PRESENTACION VISADO……………12 U⦁ CARPETA……………………………….6  U⦁ SELLADO………………………………16 U⦁ FORMULARIO  V2…………………….32 U
Art 2: Vigencia: a partir del 01 de Julio del 2020.-Art 3: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 08 de Julio  de 2020.- 

Nº 20 Aprobación Rendición Mayo 2019

ORDENANZA N º 20 /2020

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Mayo de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 1104 folios, aprobándose la misma por defecto.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Mayo de 2019.
Art 2: Apruébese la suma del mes de Mayo: disponibilidad al inicio: $ 4995491.78; Ingresos por: $ 5942172.35y Erogaciones: $5093993.42. Disponibilidad al cierre:$ 5843670.71
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 11 de Abril de 2019.-

 

 

 

Nº 21 Adhesión Plan viviendas sociales Viviendas La Pampa

ORDENANZA Nº 21 /2020  Rectificada por Ord 29/2020 (corresponde 3 viviendas por la no prescripción del lugar a construirse, cambio detrás de antena de telefónica por terreno en calle 7 bis e/10 y 11)ORDENANZA Nº 21 /2020  Rectificada por Ord 29/2020 (corresponde 3 viviendas por la no prescripción del lugar a construirse, cambio detrás de antena de telefónica por terreno en calle 7 bis e/10 y 11)
VISTO:      El Decreto N° 988/18 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “VIVIENDAS LA PAMPA” y la Resolución N° 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y
CONSIDERANDO:
  Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda pone en marcha una nueva operatoria para la construcción de viviendas denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA”;
Que resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a adherir al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA” para la construcción de 4 (cuatro)  viviendas en el marco de dicho plan, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta localidad;
Que por la citada Operatoria, la provincia, a través del INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA, proveerá los fondos a la Municipalidad en carácter de aporte financiero NO REINTEGRABLE para la provincia, pero con la obligación de establecer un PLAN DE RECUPERO del mismo por parte de los adjudicatarios de las viviendas construidas por la presente operatoria y la creación de un FONDO CON DESTINO ESPECÍFICO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS VIVIENDAS;
Que con este objetivo, resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a disponer de  los mencionados fondos para la adquisición de nuevos terrenos y ejecutar las obras de infraestructura correspondientes, entendiendo que los mismos son necesarios para la construcción de nuevas viviendas; POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a adherirse al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA” en los términos del Decreto N° 988/18 del Poder Ejecutivo Provincial y Resolución N° 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.-
ARTÍCULO 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Ejecución para la construcción de 4 (cuatro) viviendas en la localidad de Dorila.-
ARTÍCULO 3°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a establecer el PLAN DE RECUPERO del aporte provincial  y/o Municipal si así lo consideran, en cuanto al plazo de financiamiento, monto de las cuotas y las tasas de interés sobre saldo a aplicar, como asimismo a disponer subsidios, planes de refinanciamiento y diferimientos en caso de considerarlo conveniente.-
ARTÍCULO 4°: Los fondos que correspondan al recupero de créditos que se otorguen, serán depositados en una CUENTA ESPECIAL que a tal fin será abierta en el Banco de La Pampa, bajo la denominación “PLAN MI CASA, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS VIVIENDAS”.-
ARTÍCULO 5°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a disponer de los fondos que correspondan al recupero de créditos, para la CONSTRUCCION DE NUEVAS VIVIENDAS, para la adquisición de terrenos y para la ejecución de obras de infraestructura necesarias para las nuevas viviendas que se construyan mediante operatorias nacionales, provinciales y/o municipales; debiendo comunicar al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, el listado de adjudicatarios cuando la operatoria no haya sido ejecutada a través de dicho Organismo.-
ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo remitirá semestralmente al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, la información correspondiente al movimiento de la mencionada CUENTA ESPECIAL.-
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos; cumplido archívese. 

DORILA; 27 de Agosto de 2020.- 

Nº 22 Aceptación Restitución Manzana 66 b

ORDENANZA Nº 22 /2020ORDENANZA Nº 22 /2020
VISTO:     Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 25 de junio de 2020 la restitución del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designados catastralmente: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela N° 021, Partida N° 591.690 y;
CONSIDERANDO:
 Que por Ordenanza N° 2/1990, dicho bien se donó al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda; Que por Resolución N° 353/20 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfiere a título gratuito a favor de esta Municipalidad el inmueble mencionado;
    POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Aceptar la RESTITUCIÓN del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificado catastralmente como: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela N° 021, Partida N° 591.690;
Art 2: Elevar copia al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda
Art 3: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 18 de Septiembre de 2020.- 

Nº 22 Aprobación Rendición Junio 2019

ORDENANZA N º 22 /2020

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Junio de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 709 folios, aprobándose la misma por defecto.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada y aprobada por defecto, la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Junio de 2019.
Art 2: Apruébese la suma del mes de Junio: disponibilidad al inicio: $ 5843670.71; Ingresos por: $ 5136211.61y Erogaciones: $5170024.48. Disponibilidad al cierre:$ 5809857.84
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 01 de Octubre de 2020.-

 

 

 

Nº 23 Aprobación Rendición Julio 2019

ORDENANZA N º 23 /2020

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Julio de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 1039 folios, aprobándose la misma por defecto.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada y aprobada por defecto, la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Julio de 2019.
Art 2: Apruébese la suma del mes de Julio: disponibilidad al inicio: $ 5809857.84; Ingresos por: $ 4980291.62y Erogaciones: $ 5594366.43. Disponibilidad al cierre:$ 5195783.03
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 01 de Octubre de 2020.-

 

 

 

Nº 24 Aprobación Rendición Agosto 2019

ORDENANZA N º 24 /2020

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Agosto de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 902 folios, aprobándose la misma por defecto.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada y aprobada por defecto, la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Agosto de 2019.
Art 2: Apruébese la suma del mes de Agosto: disponibilidad al inicio: $ 5195783.03; Ingresos por: $ 3663516.11y Erogaciones: $ 4149465.65. Disponibilidad al cierre:$ 4709833.49
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 01 de Octubre de 2020.-

 

 

 

Nº 25 Aprobación Rendición Septiembre 2019

ORDENANZA N º 25 /2020

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 771 folios, aprobándose la misma por defecto.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada y aprobada por defecto, la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Septiembre de 2019.
Art 2: Apruébese la suma del mes de Septiembre: disponibilidad al inicio: $ 4709833.49; Ingresos por: $ 4878406.05 y Erogaciones: $ 5444865.16. Disponibilidad al cierre:$ 4143374.38
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 01 de Octubre de 2020.-

 

 

 

Nº 26 Habilitación comercial Moyano Patricia

ORDENANZA Nº 26 /2020

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Venta de Verduras y Anexo Despensa

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas: Verdulería, Anexos Despensa).

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Raíces Dorilenses, de Patricia Moyano; DNI 33.477.355, en el rubro “Verdulería anexo despensa”; con domicilio en calle 5 bis Nº 176, de esta localidad.

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 13 de Octubre de 2020.-

Nº 27 Habilitación comercial Wallinger Laura

ORDENANZA Nº 27 /2020

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Venta al por menor en kiosco, polirrubros y comercios no especializados de Wallinger, Laura.

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas: Venta al por menor en kiosco, polirrubros y comercios no especializados).

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Ideas de Wallinger, Laura; DNI 29.729.854, en el rubro “Venta al por menor en kiosco, polirrubros y comercios no especializados”; con domicilio en calle 6 Nº 115, de esta localidad.

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 13 de Octubre de 2020.-

 

 

Nº 28 Aceptación donación espacio verde

ORDENANZA Nº 28 /2020

VISTO:

Aceptar la donación de un terreno propiedad del señor Mario Godoy, DNI 14.928.091, para ser utilizado como espacio verde en todo el loteo de su propiedad.

CONSIDERANDO:

Que es función de este Concejo la aceptación de donaciones, en este caso, terreno, propiedad del mencionado en el Visto.
Que dicho terreno se encuentra situado en: Manzana 58, Parcela 6, con una superficie de 1080,76 m2; Partida Nº 807451 de esta localidad.
Que el mismo se corresponde para ser utilizado como espacio verde en el loteo propiedad del señor Mario Godoy; DNI 14.928.091

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar la donación del terreno descripto anteriormente.
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 10 de Noviembre de 2020.-

 

Nº 29 Excepción agua potable loteos suburbanos

ORDENANZA Nº 29 /2020

VISTO:
Exceptuar del servicio de agua potable a los propietarios de loteos en la zona suburbana de Dorila, haciendo observación sobre el punto 7.1.1 Criterio general del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Ambiental de esta Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que es función de este Concejo determinar sobre las determinaciones en loteos y la provisión de servicios, según consta en el capitulo 7.1.1 Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Ambiental de esta Municipalidad

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Exceptuar a los propietarios de loteos en zona suburbanas a la no provisión del extendido de red de agua potable en las distintas parcelas resultantes de dichos loteos.

Art 2: Que dicha excepción resulta del punto 7.1.1 Criterio general del Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Ambiental de esta Municipalidad.

Art 3: Asimismo quedaría exenta de la futura provisión del servicio mencionado, esta Municipalidad.-

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.-

 

DORILA; 09 de Diciembre de 2020.-

 

Nº 29 Adhesión Plan provincial viviendas sociales. Rect 3 viviendas

ORDENANZA Nº 29 /2020  ORDENANZA Nº 29 /2020     Rectificatoria Ord 21/2020, por cantidad de viviendas a construirse.-
VISTO:      El Decreto N° 988/18 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “VIVIENDAS LA PAMPA” y la Resolución N° 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y
CONSIDERANDO:
  Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda pone en marcha una nueva operatoria para la construcción de viviendas denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA”;
Que resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a adherir al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA” para la construcción de 3 (tres)  viviendas en el marco de dicho plan, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta localidad;
Que por la citada Operatoria, la provincia, a través del INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA, proveerá los fondos a la Municipalidad en carácter de aporte financiero NO REINTEGRABLE para la provincia, pero con la obligación de establecer un PLAN DE RECUPERO del mismo por parte de los adjudicatarios de las viviendas construidas por la presente operatoria y la creación de un FONDO CON DESTINO ESPECÍFICO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS VIVIENDAS;
Que con este objetivo, resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a disponer de  los mencionados fondos para la adquisición de nuevos terrenos y ejecutar las obras de infraestructura correspondientes, entendiendo que los mismos son necesarios para la construcción de nuevas viviendas; POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a adherirse al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES – “VIVIENDAS LA PAMPA” en los términos del Decreto N° 988/18 del Poder Ejecutivo Provincial y Resolución N° 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.-
ARTÍCULO 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Ejecución para la construcción de 3 (tres) viviendas en la localidad de Dorila.-
ARTÍCULO 3°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a establecer el PLAN DE RECUPERO del aporte provincial  y/o Municipal si así lo consideran, en cuanto al plazo de financiamiento, monto de las cuotas y las tasas de interés sobre saldo a aplicar, como asimismo a disponer subsidios, planes de refinanciamiento y diferimientos en caso de considerarlo conveniente.-
ARTÍCULO 4°: Los fondos que correspondan al recupero de créditos que se otorguen, serán depositados en una CUENTA ESPECIAL que a tal fin será abierta en el Banco de La Pampa, bajo la denominación “PLAN MI CASA, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVAS VIVIENDAS”.-
ARTÍCULO 5°: Autorizar al Ejecutivo Municipal a disponer de los fondos que correspondan al recupero de créditos, para la CONSTRUCCION DE NUEVAS VIVIENDAS, para la adquisición de terrenos y para la ejecución de obras de infraestructura necesarias para las nuevas viviendas que se construyan mediante operatorias nacionales, provinciales y/o municipales; debiendo comunicar al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, el listado de adjudicatarios cuando la operatoria no haya sido ejecutada a través de dicho Organismo.-
ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo remitirá semestralmente al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, la información correspondiente al movimiento de la mencionada CUENTA ESPECIAL.-
ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos; cumplido archívese. 

DORILA; 18 de Noviembre de 2020.- 

Nº 30 Creación Concejo Productivo

ORDENANZA Nº 30 /2020ORDENANZA Nº 30 /2020(Actualización de la 01/2016)
VISTO:     La necesidad de Adherir a la Ley Provincial Nº 2.870 de Promoción Económica, en los términos y con  los alcances de sus artículos 26, 29, 43, 44 y concordantes.CONSIDERANDO:
   Que es necesario instituir un régimen de promoción de las actividades económicas  tendientes al fortalecimiento y expansión de la economía local.   Que es necesario para ello estimular la iniciativa privada con el objetivo de promover el desarrollo económico y con equidad social, la creación de empleo, la diversificación de producción, la industria, el comercio y los servicios.   Que es necesaria la adhesión a la ley de Promoción Económica Provincial.    POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Adhiérase la Municipalidad de Dorila  a la Ley Provincial Nº 2.870 de Promoción Económica, en los términos y con  los alcances de sus artículos 26, 29, 43, 44 y concordantes.Art 2:Créase el «CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL», con la siguiente integración:⦁ Productor Rubro Comercio: BERNAL  Norma Alejandra; DNI 21.704.392⦁ Productor Apicultor: MIRANDA Gustavo Javier; DNI 31.978.689⦁ Productor Rubro Comercio: GUTIERREZ, Paola Gisela DNI 33.039.012⦁ Concejero Cooperativa eléctrica Cosypro: PATRILLA Guillermo Luis; DNI 20.421.428⦁ Intendente HOLLMANN, Natalia Evangelina; DNI 27.697.558⦁ Concejal RODRIGUEZ, Raúl Valentín; DNI 13.696.518⦁ Concejal FIORAVANTTI, Franco David ; DNI 32.818.744⦁ Concejal RIVAROLA VILLEGAS, Mara Susana; DNI 17.734.750
Art 3: El «CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL» intervendrá en todos los trámites cuyo objeto sea el financiamiento de proyectos productivos que se otorguen en el marco de la Ley Provincia Nº 2.870 de Promoción Económica. Tendrá funciones consultivas no vinculantes, y coadyuvará en el seguimiento y concreción de cada proyecto productivo que otorgue el Municipio. Sus  decisiones serán tomadas por simple mayoría de los miembros presentes.
Art 4:  Dejase establecido que el financiamiento de cada proyecto productivo otorgado en el marco de la Ley Provincia Nº 2.870 de Promoción Económica, deberá ser aprobado por este Cuerpo deliberativo (art. 35, inc. 42, Ley Provincial Nº 1.597), de la forma y modo que se establece el CAPITO I “DE LOS EMPRESTITOS”, del TITULO IV “REGIMEN ECONOMICO FINANCIERO Y PATRIMONIAL” de la Ley Provincial Nº 1.597.
Art 5: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA: 28 de Diciembre de 2020.- 

Nº 31 Préstamo Ledezma José Luis

ORDENANZA Nº 31 /2020

VISTO:

Aprobación de Otorgamiento Préstamo Producción, (según Concejo Productivo Local)

CONSIDERANDO:

Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo la conformidad de préstamos para la producción de habitantes locales
Que es necesario estimular la iniciativa privada con el objetivo de promover el desarrollo económico y con equidad social, la creación de empleo, la diversificación de producción, la industria, el comercio y los servicios.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar el Proyecto: Adquisición de autoelevador para ampliación comercio en el Rubro Venta de materiales de construcción y ferretería del señor Ledezma, José Luis; Cuit 20-08365103-3.

Art 2: El mismo consta de un monto/importe de $ 800.000 (pesos ochocientos mil), cuotas amortización 48 y con un plazo de gracia de 12.-

Art 3: Con respecto al recupero, se deja constar que este Municipio lo garantiza con los fondos correspondientes a la coparticipación

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 28 de Diciembre de 2020.-

 

Proyecto Ordenanza Prescripción Administrativa 2020

DORILA, 06 de Mayo de 2020.-
VISTO:
El Expediente …./20… caratulado “MUNICIPALIDAD De DORILA s/ PRESCRIPCIÓN ADMINISTRATIVA” iniciado por el Departamento Ejecutivo bajo la Resolución Municipal Nº …/20….;
CONSIDERANDO:
Que en la misma resolución se ordena disponer actuaciones sumariales a efectos de disponer la posesión del inmueble ubicado en el lote Oficial Nº 18 Fracción C de la Sección I de la Provincia de la Pampa, designado catastralmente como Ejido 019, Circ. I Radio a, Manzana 51 Parcela 2, Partida de Iniciador760.976, Inscripción de Dominio …. Folio Nº …. Fca. Nº …. Superficie según Mensura Particular 1242 m2
Que asimismo se adjunta plano de mensura particular a los fines de la prescripción, dando origen a la partida inmobiliaria respectiva, quedando registrado definitivamente en el Registro correspondiente,
Que a fs. ….. por Resolución Municipal Nº …./20…, la Sra Intendente Municipal ordena la publicación de edictos por el término de diez días corridos a fin de que se presenten aquellos que pretendan derechos sobre el inmueble de referencia,
Que a fs…… se adjunta la publicación realizada en el Boletín Oficial Nº ….. y en el Diario ……… de fecha …………… de 20….,
Que trascurrido el plazo previsto en lo edictos, nadie se ha presentado, ni pretendido derecho sobre el inmueble precitado,
Que atento a las previsiones de la ley 21.477, modificada por la 24.320, y de acuerdo al tiempo transcurrido, no habiéndose operado la inscripción del inmueble mencionado a favor de esta Municipalidad,
Que está plenamente justificado lo normado por el articulo 4015 del Código Civil de la Nación Argentina,
Que en virtud de las atribuciones conferidas por la ley Orgánica de Municipalidades Nº 1597, corresponde dictar el acto correspondiente,
POR ELLO
LA INTENDENTA MUNICIPAL
PROPONE EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA:

Artículo 1º.- Declárese operada la Prescripción Adquisitiva de dominio a favor de la Municipalidad del Dorila del inmueble ubicado en el lote Oficial Nº 18 Fracción C de la Sección I de la Provincia de la Pampa, designado catastralmente como Ejido 019, Circ. I Radio a, Manzana 51 Parcela 2, Partida de Iniciador760.976, Inscripción de Dominio …. Folio Nº …. Fca. Nº …. Superficie según Mensura Particular 1242 m2

Artículo 2º.- El gasto que demande la escritura traslativa de dominio se imputarán a la cuenta de Rentas Generales de esta Municipalidad.-

Artículo 3º.- Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal a designar al Escribano que crea conveniente para confeccionar la escritura correspondiente.-

Artículo 4º.- Regístrese y Elévese al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su tratamiento y aprobación.-

 

RESOLUCION MUNICIPAL Nº /2012

DAR SALIDA LUEGO DEL 30/2012

AÑO 2019

01 Horarios funcionamientos locales

ORDENANZA Nº 01 /2019

VISTO:

Horarios de funcionamientos de locales comerciales y de fiestas.

CONSIDERANDO:

Que, es atribución de este consejo regir sobre el horario de funcionamiento de locales comerciales y de fiestas.
Que es necesaria una actualización de los mismos.

 

POR ELLO:

 

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: El horario de funcionamiento de los locales denominados restaurante, bares, confiterías bailables, bailes populares, salón de fiestas, peñas, clubes, entretenimientos electrónicos, pub y otros similares en los que se desarrollen espectáculos públicos, será el que a continuación se detalla:

Invernal
Desde el 1º de Abril al 31 de Octubre:
Días hábiles, domingos y feriados: hasta las 03.30 horas del día siguiente.
Días sábados y vísperas de feriados: hasta las 04.30 horas del día siguiente.
Estival
Del 1º de Noviembre al 31 de Marzo:
Días hábiles, domingos y feriados: hasta las 05.30 horas del día siguiente.
Días sábados y vísperas de feriados. Hasta las 06.30 horas del día siguiente.

 

 

DEFINICIÓN DE RUBROS.

Artículos 2º: Se definen los siguientes rubros y sus características principales:

CONFITERÍAS BAILABLES Y DISCOTECAS: son aquellos locales públicos, cerrados, con pista de baile, con expendio de bebidas alcohólicas y/o analcohólicas, con propagación de música gravada y/o espectáculos en vivo.

CAFÉ CONCERT Y/O PUB: Se considera “café concert” y/o “pub”, a todo aquel local de un solo ambiente, en el cuál se exhiban espectáculos artísticos correspondientes al género de variedades, música, canto, literario-musical, bailes individuales y/o conjunto, siempre que no posea pistas o lugares destinados a baile.

BAR: Se denomina bar a los comercios que además de efectuar expendio de café y/o bebidas calientes, expenden bebidas alcohólicas o analcohólicas y demás productos propios de tales comercios, debiendo funcionar en horario nocturno con una iluminación tal que se asemeje a la luz de día. En el caso de que cuenten con meseras/os, y/o mozos/as, deberán vestir pollera/pantalón, camisa, chaleco, saco, corbata o lazo
.
CONFITERIAS, CAFÉ, SALÓN DE TÉ: Designase como confiterías a los locales en que, además de dedicarse al comercio propio de bares, cafés y salones de té, expenden masas frescas, emparedados, postres y demás productos conexos.

SALON DE FIESTAS Y AGASAJOS: Denomínese así a todo local utilizado para la realización de reuniones sociales, expresamente destinados a ser alquilados por personas o instituciones, como así también celebraciones de índole particular y/o pública que cuenten o nó con el servicio de bar y/o restaurante-

PEÑA: Se trata de aquellos locales con servicio de bar y/o expendio de comidas típicas, con números contratados y/o espontáneos a cargo de los asistentes, sin pista para baile, con acceso libre para personas de ambos géneros, y donde se ejecute y/o se baile música tradicional.

RESTAURANTE CON O SIN ESPECTACULO PUBLICO: Son aquellos locales donde se propala música, con pista de baila, servicio de bar y/o restaurante y con acceso exclusivo para parejas.

CIRCO: Locales con instalaciones tipo carpa, donde se desarrollan espectáculos con participación de artistas de variedades, animales amaestrados, etc.

PARQUE DE DIVERSIONES: Son aquellos que ofrecen juegos mecánicos variados, pudiendo contar eventualmente con números artísticos.

CINE: Denomínase así a todo local con asientos fijos para el público asistente, en el cual se proyectan películas cinematográficas.

 

CLUB Y/O ASOCIACIÓN: Bajo estas denominaciones quedan comprendidas aquellas instituciones que, en locales cubiertos o al aire libre, desarrollen actividades sociales, deportivas, culturales, etc., mediante reuniones danzantes, deportivas o de cualquier otra índole que configuren una atracción pública, ya sea destinada a sus socios, simpatizantes o al público en general.

JUEGOS O ENTRETENIMIENTOS ELECTRÓNICOS: Locales donde funcional juegos electromecánicos y/o computarizados de habilidad y destreza, tales como los denominados “flippers”, “video-juegos”, “simuladores de vuelo y de manejo” y otros semejantes, en los que la habilidad y destreza del jugador sean factores determinantes del resultado del juego, y en los que como recompensa sólo se obtenga la prolongación del tiempo del entretenimiento.

DE LAS SANCIONES.

Artículo 3º: Las transgresiones a lo establecido en la presente Ordenanza serán sancionadas 
con:
Clausura temporal de los locales o establecimientos de 01 a 30 días corridos.
Clausura definitiva de los locales o establecimientos.
Multas establecidas en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente.

Las multas deberán ser obladas por los titulares de la habilitación municipal y los propietarios del local.

Articulo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

DORILA; 12 de Marzo de 2019.-

 

Nº 2 Restitución del IPAV

ORDENANZA Nº 02 /2019

VISTO:

Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 8 de octubre de 2018 la restitución del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda , designado catastralmente: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela Nº 17, Partida Nº 794.288 y ;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 030/1990, dicho bien se donó al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda ,
Que por Resolución Nº 1561/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfiere a título gratuito a favor de esta Municipalidad el inmueble mencionado.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aceptar la RESTITUCION del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificado catastralmente como: Ejido 019, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela Nº 17, Partida Nº 794.288

Art 2: Elevar copia al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 13 de Marzo de 2019.-

 

Nº 3 Soluciones Habitacionales

ORDENANZA Nº 03/2019

VISTO:

El Programa de “Soluciones habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta Nº 14, otorgar para el año 2019 la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por localidad, correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas.

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operativa prevista en el Programa referido;

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizase la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Concejo Provincial de Descentralización para el año 2019;

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 05 de Abril de 2019.-

 

Nº 04 Aprobación Rendición Agosto 2018

ORDENANZA N º 04 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Agosto de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 760 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este Concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Agosto de 2018.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Agosto de pesos $ 9149386.42 erogaciones totales de $3.105.151 quedando a disponibilidad al cierre de $ 6044237.69

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 09 de Abril de 2019.-

 

 

 

Nº 05 Aprobación Rendición Septiembre 2018

ORDENANZA N º 05 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 973 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Septiembre de 2018.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Septiembre de pesos $ 9896481.92, erogaciones totales de $4.213.147.52 quedando a disponibilidad al cierre de $5683334.40

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 09 de Abril de 2019.-

 

 

 

Nº 06 Patios Limpios

ORDENANZA N º 06 /2019

VISTO:

Declarar de interés municipal el programa patios limpios, el cual lo llevara a cabo personal del centro de salud de esta localidad,

 

CONSIDERANDO:

Que es función de este concejo velar por la salud y el bienestar de los habitantes de esta localidad.
Que atento a la proliferación de diversos tipos de alimañas transmisores de enfermedades; y ante la observación de acumulación de residuos sólidos comúnmente llamados chatarras.
Que dicho programa se llevara a cabo por personal del centro de salud en conjunto con personal del municipio, convocando además a estudiantes de enfermería de la localidad.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Declarar de interés municipal el programa patios limpios, el cual lo llevara a cabo personal del centro de salud de esta localidad.

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 23 de Abril de 2019.-

 

 

 

Nº 7 Soluciones Habitacionales 2019

ORDENANZA Nº 07/2019

VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;

 

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los tér-
minos del Acta N° 14, otorgar para el año 2019 la suma de PESOS
SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00.-) por localidad, correspondiente
al Programa de Soluciones Habitacionales.

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorízase la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2019.-

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido archívese.

 

DORILA; 06 de Mayo de 2019.-

 

Nº 08 Adjudicación vivienda Sabio Vicente por renuncia Echeverría

ORDENANZA N º 08 /2019

VISTO:

Aprobación de resolución de Adjudicación de vivienda a Sra. Vicente, Verónica DNI 24.499.859; por renuncia de titularidad de Echeverría Paulo DNI 28.544.911 y de Hospital, Ana Paula DNI 30.781.851

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la aprobación de dicha resolución.
Que se ha leído atentamente la resolución de la Sra. Intendenta y nota de renuncia del Sr Echeverría y Sra Hospital con fecha Junio 2019.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Apruébese la presente resolución.

Art 2: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 11 de Junio de 2019.-

 

 

 

 

 

 

Nº 09 Aprobación Rendición Octubre 2018

ORDENANZA N º 09 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Octubre de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 851 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Octubre de 2018.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Octubre: disponibilidad al inicio: $ 5683334.40; Ingresos por: $ 3532497.11 y Erogaciones: $ 3723866.30. Disponibilidad al cierre:$ 54919965.21
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 11 de Abril de 2019.-

 

 

 

Nº 9 Solicitud Soluciones Habitacionales 2020

ORDENANZA Nº 09/2020

VISTO:
El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorízase a la señora Intendente a la solicitud para la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, para el año 2020.-

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido archívese.

 

DORILA; 12 de Mayo de 2020.-

 

Nº 10 Aprobación Rendición Noviembre 2018

ORDENANZA N º 10 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Noviembre de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 1020 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Noviembre de 2018.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Noviembre: disponibilidad al inicio: $ 5491965.21; Ingresos por: 3493762.84 $ y Erogaciones: $ 3081857.46 . Disponibilidad al cierre: $ 5903870.59
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 11 de Junio de 2019.-

 

 

 

Nº 11 Aprobación Rendición Diciembre 2018

ORDENANZA N º 11 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Diciembre de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 887 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Diciembre de 2018.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Diciembre: disponibilidad al inicio: $ 5903870.59 ; Ingresos por: $ 3208983.48 y Erogaciones: $ 3260322.68 . Disponibilidad al cierre: $ 5852531.39
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 11 de Junio de 2019.-

 

 

 

Nº 12 Aprobación Rendición Enero 2019

ORDENANZA N º 12 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Enero de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 987 folios, aprobándose la misma por defecto ya que este concejo la recibió pasado los 90 días hábiles.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Enero de 2019.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Enero: disponibilidad al inicio: $ 0000000000 ; Ingresos por: $ 10173112.19 y Erogaciones: $ 3675443.43 . Disponibilidad al cierre: $ 6497668.76
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 11 de Junio de 2019.-

 

 

 

Nº 13 Compra automóvil

ORDENANZA Nº 13 /2019

 

VISTO:

Adquisición automóvil 0 km para uso oficial de la Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que es necesario adquirir un automóvil 0 Km., para uso oficial.
Que los fondos a usar corresponden a la ley de coparticipación.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Señora Intendente: Natalia Hollmann, a la compra de un automóvil 0 km , para uso oficial de esta Municipalidad.

Art 2: Que la compra se realizo a la empresa Manera Pérez y Cía, por un automóvil marca Renault Logan Expression 1.6; 0km, Motor Nº K7MA812UF00778, Chasis 93Y4SRBE5KJ728749 color gris plata con un valor de $614.000;00 con una bonificación del plan nacional de $50.000 por lo que la compra asciende a $564.000. a abonar en 2 cuotas fijas mediante transferencia.

Art.3: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA: 25 de Junio de 2019

 

 

Nº 14 Antenas

ORDENANZA Nº 14/2019ORDENANZA Nº 14/2019
VISTO:  
   Montos vigentes para la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $100.000 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $55000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 25 de Junio de 2019.- 

 

Nº 15 Contrato Fiduciaria La Pampa

ORDENANZA Nº 15/2019

VISTO:

Firma de Contrato Social de “FIDUCIARIA LA PAMPA S.A.P.E.N”

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario la suscripción y firma de dicho contrato con la sociedad mencionada anteriormente, como forma de protección y prevención de futuras obras y/o programas que involucran a nuestra localidad.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: La Municipalidad de Dorila participará como socio en FIDUCIARIA LA PAMPA SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA creada mediante Ley Provincial Nº 3.142

Art 2: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir el acta constitutiva, contrato social y todo instrumento público o privado necesario a fin de materializar lo dispuesto en el artículo anterior. Asimismo se lo faculta a formalizar la correspondiente suscripción e integración del capital social en las formas y condiciones que se establezcan, hasta SEIS MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y SIETE (6.557) ACCIONES de PESOS UNO ($1), por PESOS SIES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE (· $6.557), equivalente al UNO CON SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILESIMOS POR CIENTO (1,639%) del capital social.

Art 3: Contaduría General realizará las reestructuraciones necesarias al presupuesto vigente a efectos de atender las erogaciones previstas en el artículo 2.

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese

 

DORILA; 02 de Julio de 2019.-

 

 

Nº 16 Loteo Godoy, Mario

ORDENANZA Nº 16/2019

VISTO:

Aprobación Plano de Subdivisión Nomenclatura Catastral: Ejido 019, Circ. I, Chacra 5, Parc 2, con partida de Origen 786.646

CONSIDERANDO:

Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las subdivisiones de diferentes loteos.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en : Ejido 019, Circ. I, Chacra 5, Parc 2,
con Partida de origen Nº 786.646

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: APROBAR POR VIA DE EXCEPCIÓN plano de subdivisión con Nomenclatura Catastral: Ejido 019, Circ. I, Chacra 5, Parc 2, con partida de Origen 786.646, correspondiente a GODOY, Mario Alberto

Art 2: Se aprueban las medidas mínimas de parcela de 15mts por 40 mts, con los respectivos espacios verdes a sabiendas de que estos no respetan con el punto 7.1.8. del plan urbano ambiental.

.Art 3 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 16 de Julio de 2019.-

 

Nº 17 Compra Camión Volkswagen

ORDENANZA Nº 17 /2019

 

VISTO:

Adquisición Camión Volkswagen 2005 para uso de esta Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la adquisición de dicho camión para ser usado en la prestación de distintos servicios
Que los fondos a usar corresponden a la ley de coparticipación.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Señora Intendente: Natalia Hollmann, a la compra de un Camión Volkswagen 2014, para uso de esta Municipalidad, en los distintos servicios que presta a la comunidad

Art 2: Que la compra se realizo a la empresa El Surco tractores, de un camión marca Camión Volkswagen, Motor Cummins, Modelo 2005; Dominio EVU277, con un valor de entrega $400.000,00 y 6 cuotas fijas de $ 150.000; mediante transferencia.

Art.3: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA: 31 de Julio de 2019

 

 

Nº 18 Aprobación Rendición Febrero 2019

ORDENANZA N º 18 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Febrero de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 862 folios, aprobándose la misma

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Febrero de 2019.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Febrero : Disponibilidad al inicio: $ 6497668.76 ; Ingresos por:
$ 2564052.71 y Erogaciones: $ 3103863.37 . Disponibilidad al cierre: $ 5957858.10
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 31 de Julio de 2019.-

 

 

 

Nº 19 Aprobación Rendición Marzo 2019

ORDENANZA N º 19 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período MARZO de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 819 folios, aprobándose la misma

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Marzo de 2019.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Marzo: Disponibilidad al inicio: $ 5.957.858.10 ; Ingresos por:
$ 3.891.854.30 y Erogaciones: $ 3.782.415.67. Disponibilidad al cierre: $ 6.067.296.73
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 03 de Septiembre de 2019.-

 

 

 

Nº 20 Aprobación Rendición Abril 2019

ORDENANZA N º 20 /2019

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período ABRIL de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 1067 folios, aprobándose la misma

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Abril de 2019.

Art 2: Apruébese la suma del mes de Abril: Disponibilidad al inicio: $ 6.067.296.73; Ingresos por:
$ 4.210.990.28 y Erogaciones: $ 5.282.185.47 . Disponibilidad al cierre: $ 4.996.101.54.
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 03 de Septiembre de 2019.-

 

 

 

Nº 21 Día de la No Violencia contra la Mujer

ORDENANZA N º 21 /2019

VISTO:

Declarar de interés municipal las actividades propuestas en torno a la campaña: Pinta el mundo de Naranja, el cual lo llevara a cabo personal de esta Municipalidad;

CONSIDERANDO:

Que es función de este concejo velar por la salud y el bienestar de los habitantes de esta localidad.
Que dichas actividades son propuestas en el marco de la campaña anteriormente mencionada con motivo, además del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; 2019, promovida por el Secretario General de las Naciones Unidas; y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de La Pampa.
Que la misma promueve el fin y la prevención de la violencia contra la mujer en todas sus modalidades y en todos los grupos etarios;
Que dicho programa se llevara a cabo por personal de esta Municipalidad, convocando además a que se unan a la misma a toda la localidad; generando conciencia entre el público y movilizando a las personas para conseguir el cambio.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Declarar de interés municipal las actividades propuestas en torno a la campaña: Pinta el mundo de Naranja, el cual lo llevara a cabo personal de esta Municipalidad;

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

DORILA, 21 de Noviembre de 2019

 

Sesión preparatoria 2019

SESION PREPARATORIA

En la localidad de Dorila, departamento Maracó, a los 4 días del mes de diciembre de 2019, siendo las 19:00 hs y de acuerdo a las Sesiones Preparatorias dispuesto por el Tribunal Electoral de la Provincia y en uso de facultades que otorga el articulo 25 de la ley 1597 Orgánica de Municipalidades y comisiones de Fomento, se reúnen en el Recinto del Concejo Deliberante las siguientes personas: Raúl Valentín Rodríguez DNI 13.696.518,Rivarola, Mara Susana DNI 17.734.750; Concejales titulares electos por el partido Justicialista y Franco David Fioravantti, DNI 32.818.744, por el partido Juntos por el Cambio. Seguidamente y de conformidad a lo establecido en el articulo 25 asume como presidente provisorio de las Sesiones Preparatorias, al edil Raúl Valentín Rodríguez por el ser el titular electo de mayor edad, quien presta juramento de práctica y como Secretario, el edil Franco David Fioravantti, por ser el concejal electo de menor edad. A continuación se procede a dar validez a los títulos de los señores concejales electos, como así también a los títulos de la Señora Intendente. Por lo que se aconseja su aprobación como también determina que ninguno de los concejales titulares electos e Intendente se encuentran comprendidos en las inhabilidades y/o incompatibilidades establecidas en los artículos 15 y 16 de la ley 1597_ Orgánica de Municipalidades y comisiones de Fomento.
A continuación y a lo que disponen los artículos 25,26, 27,28 y 31 de la Ley 1597 se procede a la elección de las autoridades del Concejo Deliberante a saber: Presidente, Vicepresidente y Secretario de común acuerdo resultan electos como Presidente: el concejal Rodríguez, Raúl Valentín; como Vicepresidente el concejal: Fioravantti, Franco David y como Secretaria, la concejal Rivarola, Mara Susana.
Se pacta que los mismos cargos se mantengan durante la gestión.
Seguidamente se deja constancia en este acto la lista de concejales suplentes natos y suplentes de cada partido y alianza; ellos son: Benvenuto, Oscar Andrés DNI 30.884.562 y Pedernera Ivana Gabriela DNI 27.892.218.-
Por unanimidad se resuelve pasar a un cuarto intermedio hasta el día 11 de diciembre del 2019, a las 19:30 horas para la realización del acto de asunción de las autoridades, que se realizará en forma pública.
Siendo las 20:30 horas, se da por finalizada la sesión preparatoria.

 

AÑO 2018

Nº 01 Aprobación Rendición Julio 2017

ORDENANZA N º 01 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Julio de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 816 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Julio de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Julio la suma de pesos $5.989.850.49; y erogaciones totales de $2.635.931.69 quedando a disponibilidad al cierre de $3.353.918.80.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

Nº 02 Aprobación Rendición Agosto 2017

ORDENANZA N º 02 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Agosto de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 913 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Agosto de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Agosto la suma de pesos $6.074.769.05; y erogaciones totales de $2.514.321.51 quedando a disponibilidad al cierre de $3.560.447.54.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

Nº 03 Aprobación Rendición Septiembre 2017

ORDENANZA N º 03 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 856 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Septiembre de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Septiembre la suma de pesos $5.945.938.71; y erogaciones totales de $1.978.797.80 quedando a disponibilidad al cierre de $3.967.140.91.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

Nº 04 Aprobación Rendición 2017

ORDENANZA N º 04 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Octubre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 954 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Octubre de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Octubre la suma de pesos $7.126.151.84; y erogaciones totales de $3.028.930.40 quedando a disponibilidad al cierre de $4.097.221.44.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

Nº 05 Aprobación Rendición Noviembre 2017

ORDENANZA N º 05 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Noviembre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 900 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Noviembre de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Noviembre la suma de pesos $7.256.713.73; y erogaciones totales de $2.232.538.29 quedando a disponibilidad al cierre de $5.024.175.44.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

Nº 06 Aprobación Rendición Diciembre 2017

ORDENANZA N º 06 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Diciembre de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 955 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Diciembre de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Diciembre la suma de pesos $7.708.576.18; y erogaciones totales de $2.879.081.57 quedando a disponibilidad al cierre de $4.829.494.61.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Marzo de 2017.-

 

 

 

 

 

 

Nº 07 Aprobación Presupuesto 2018

ORDENANZA N º 07 /2018

VISTO:

Aprobación del presupuesto.

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la aprobación del presupuesto 2018 para el ejercicio en curso.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Apruébese la presentación del presupuesto 2018 para el ejercicio en curso con un total de recursos de $33.538.269. según presentación del poder ejecutivo.

Art 2: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 25 de Abril de 2018.-

Nº 08 Adjudicación vivienda Sabio por renuncia Ecehverría

ORDENANZA N º 08 /2018

VISTO:

Aprobación de resolución de Adjudicación de vivienda a Sra. Vicente por renuncia de titularidad de Echeverría Paulo.

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la aprobación de dicha resolución.
Que se ha leído atentamente la resolución de la Sra. Intendenta y nota de renuncia del Sr Echeverría con fecha 01/02/2017.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Apruébese la presente resolución.

Art 2: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 23 de Mayo de 2018.-

 

 

 

 

 

 

Nº 09 Soluciones Habitacionales, sin contenido y en papel

ORDENANZA N º 09 /2018 IMPRESA EN FORMATO ENVIADO DESDE MAIL.

VISTO:

 

CONSIDERANDO:

 

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1:

Art 2:

 

 

 

DORILA, 23 de Mayo de 2018.-

 

 

 

 

 

 

Nº 10 Cuota Avión Ambulancia

ORDENANZA N º 10 /2018

VISTO:

La necesidad de actualizar monto correspondiente al uso del Servicio Aéreo de Emergencias Médicas

 

CONSIDERANDO:

Que es de suma importancia dicho servicio para el habitante pampeano
Que esta Municipalidad está adherida a dicho servicio, y

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Actualizar a partir del día 1/06/2018 el monto de tasa del Servicio Aéreo de Emergencias Médicas, en $ 7.80, ( pesos siete con ochenta centavos) por frentista.

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

 

 

DORILA, 23 de Mayo de 2018.-

 

 

 

 

 

 

Nº 11 Aprobación Rendición Enero 2018

ORDENANZA N º 11 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Enero de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 734 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Enero de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Enero la suma de pesos $7.527.720.32; y erogaciones totales de $2.100.632.24 quedando a disponibilidad al cierre de $5.427.088.08.

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 23 de Mayo de 2018.-

 

 

 

 

Nº 12 Adhesión Plan Provincial Viviendas

ORDENANZA Nº 12 /2018

VISTO:

El decreto Nº 988/18 aprobando el PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES “VIVIENDAS LA PAMPA” y la Resolución Nº 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda reglamentando el mencionado plan, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda pone en marcha una nueva operatoria para la construcción de viviendas denominada PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES- “VIVIENDAS LA PAMPA”;
Que resulta necesario autorizar al Ejecutivo Municipal a adherir al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES- “VIVIENDAS LA PAMPA” para la construcción de cuatro (4) viviendas en el marco de dicho plan, a los efectos de dar soluciones habitacionales en esta localidad.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1: Autorizar al Ejecutivo Municipal a adherirse al PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES- “VIVIENDAS LA PAMPA”, en los términos del Decreto Nº 988/18 del Poder Ejecutivo Provincial y Resolución Nº 454/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda

Artículo 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Ejecución para la construcción de cuatro (4) viviendas en el marco de dicho plan, en la localidad de Dorila.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 12 de Junio de 2018.-

 

Nº 13 Licencia Intendenta Municipal

ORDENANZA Nº 13 /2018

VISTO:
Que la intendente Natalia Evangelina Teresa Hollmann debe hacer uso de la Licencia Anual.

CONSIDERANDO:

Que la misma corresponde según Ley 1597, de la Ley Orgánica de Municipios y Comisiones de Fomento.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Designar a ocupar ese cargo al primer concejal Sra Mara Susana Rivarola, DNI 17734750, durante la licencia de la Sra Intendente.

Art 2: La licencia, a pedido de la Sra Hollmann, comprenderá desde el 10/07/2018; hasta el día 20/07/2018, inclusive; del corriente año.

Art 3: Comuníquese, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

DORILA; 06 de Julio de 2018.-

 

Nº 14 Aprobación Rendición Febrero 2018

ORDENANZA N º 14 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Febrero de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 700 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Febrero de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Febrero la suma de pesos $8306368.71; y erogaciones totales de $2.879.280,63 quedando a disponibilidad al cierre de $ 7708455.42

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 15 de agosto de 2018.-

 

 

 

 

Nº 15 Aprobación Rendición Marzo 2018

ORDENANZA N º 15 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Marzo de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 728 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Marzo de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Febrero la suma de pesos $ 2238067.07 erogaciones totales de $1.994.040 quedando a disponibilidad al cierre de $ 7067241.86

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 15 de agosto de 2018.-

 

Nº 16 Aprobación Rendición Abril 2018

ORDENANZA N º 16 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Abril de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 722 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Abril de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Abril la suma de pesos $2.720.847.30 erogaciones totales de $2.520.430.80 quedando a disponibilidad al cierre de $7.794.048.99

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 15 de agosto de 2018.-

 

 

 

 

Nº 17 Aprobación compra terrenos Freigedo

ORDENANZA N º 17 /2018

VISTO:

Autorización compra de terreno por parte de la Municipalidad de Dorila;

 

CONSIDERANDO:

Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las compras de inmuebles por parte de este Municipio,
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 19, Secc I, Fracc C, Lote 18, Parcela 47 , partida de origen 591.525, propiedad de FREIGEDO, Federico René

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: APROBAR la compra descripta anteriormente por parte de la Municipalidad de Dorila a cargo de la señora Intendente Natalia Hollmann.
Art 2: El monto de la compra será de $ 800.000 (pesos ochocientos mil), contado efectivo mediante transferencia bancaria
Art 3: Se hace hincapié en que dicho inmueble estará destinado a la construcción de viviendas sociales.
Art 4 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 19 de Setiembre de 2018.-

 

 

 

 

 

 

Nº 18 Aprobación Rendición Mayo 2018

ORDENANZA N º 18 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Mayo de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 1039 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Mayo de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Abril la suma de pesos $3.112.783,69 erogaciones totales de $ 3.076.732,71 quedando a disponibilidad al cierre de $ 8.386.401,94

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 10 de Octubre de 2018.-

 

 

 

Nº 19 Venta terreno Dr. Covella

ORDENANZA Nº 19 /2018

VISTO:

Autorización a venta de terreno propiedad de Municipalidad de Dorila;

 

CONSIDERANDO:

Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las ventas inmuebles del Municipio.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana
42, Parcela 12, con medidas de 20 mts por 50 mts.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: APROBAR la venta descripta anteriormente.
Art 2: La misma se realizará, a un monto de $ 280.000 dejando a criterio del ejecutivo la forma de pago.
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 30 de Octubre de 2018.-

 

Nº 20 Antenas

ORDENANZA Nº 20/2018ORDENANZA Nº 20/2018
VISTO:  
   Montos vigentes para la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $80.000 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $35000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 01 de Noviembre de 2018.- 

N° 21 Actualización tasa por edificación

ORDENANZA Nº 21 /2018ORDENANZA Nº 21 /2018
VISTO:  
Actualización montos tasa Inspección a Obra Nueva, construcción fuera de código y aranceles de planos.
CONSIDERANDO:
               Que el departamento ejecutivo presentó el proyecto respectivamente de acuerdo a lo establecido en el art. 67 de la lay 1597/95.                 Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.                  Que es necesaria una actualización de las tasas. 
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: En concepto de derechos de construcción para los casos de nuevos edificios, renovación o ampliación de los ya existentes, se cobrará por metro cuadrado de superficie de edificación, atento a las categorías establecida en la Ordenanza Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:1. Relevamientos: Hasta 70 m2 ……………………………………………………………1UMayor a 70 m2 …………………………………………………………2U1. Obra NuevaHasta 70 m2 ……………………………………………………………2UMayor a 70 m2 …………………………………………………………3U1. Conforme a obra:  Hasta 70 m2 ………………………………………………………….…3 U Mayor de 70 m2 …………….…………………………………………4 U1. Obra nueva en construcciónHasta 70 m2 ……………………………………………………………..4UMayor 70 m2 ……………………………………………………………5U1. Obra nueva en construcción fuera de CódigoHasta 70 m2 ……………………………………………………………5UMayor 70 m2 ……………………………………………………………6UArt 2 Cada Unidad (U) se compondrá de un (1) litro del  precio de gasoil común.Art 3: Las superficies semi cubiertas se consideraran como mitad de construcción.Art 3: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

 

DORILA; 01 de Noviembre de 2018.- 

N° 22 Restitución Parcel 17 Manzana 066B

ORDENANZA Nº 22 /2018

VISTO:

Que esta Municipalidad ha solicitado formalmente por nota con fecha 8 de Octubre de 2018 la restitución del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, designado catastralmente: Ejido 19, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela Nº 17, Partida Nº 794.288 y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 030/1990, dicho bien se donó al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda;
Que por Resolución Nº 1561/18 del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda se transfiere a título gratuito a favor de esta Municipalidad el inmueble mencionado.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: Aceptar la RESTITUCIÓN del inmueble propiedad del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a favor de esta Municipalidad, identificado catastralmente como: Ejido 19, Circunscripción I, Radio a, Manzana 066B, Parcela Nº 17, Partida Nº 794.288
Art 2: Elevar copia al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 27 de Diciembre de 2018.-

N° 23 Utilización de agroquimicos

ORDENANZA Nº 23 /2018

VISTO:

La Disposición de las Subsecretarias, de Ambiente y de Asuntos Agrarios de la Provincia, de prohibir el ingreso de máquinas y equipos de aplicación de agroquímicos en radios urbanos y el almacenamientos de bidones y/o recipientes de agroquímicos en sitios no autorizados en zonas urbanas.

CONSIDERANDO:

Que, en el mundo y en Argentina aumenta la problemática y concientización en relación a los efectos tóxicos de la exposición humana a productos agroquímicos de aplicación urbana y periurbana aérea o terrestre.
Que, para enfrentar esta problemática protegiendo efectivamente la salud de la población y la integridad de su medioambiente, es imprescindible la implementación de medidas tales como: manejo integrado biológico-ecológico de plagas; manejo seguro de agroquímicos, pero principalmente la toma de conciencia para iniciar la aplicación de medidas correctivas, en las cuales el objetivo fundamental es disminuir los riesgos ambientales.
Que hay que brindar información y capacitar a comerciantes, distribuidores y trabajadores, pero fundamentalmente el estado debe controlar los productos que se aplican y a sus aplicadores;
Que debido a las constantes y crecientes denuncias de los vecinos respecto a esta problemática, quienes tenemos la responsabilidad de reglamentar estas cuestiones debemos tomar medidas urgentes a fin de proteger la Salud de nuestra población y medio ambiente que nos rodea.
Que es necesario ampliar/ratificar la Ordenanza 27/14 emitida por este Concejo.

 

POR ELLO:

 

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: Adherir a las disposiciones conjuntas de las Subsecretarias de Ambiente y de Asuntos Agrarios, referidas al manejo y distribución de agroquímicos dentro de las localidades, siendo las mismas aplicadas en el marco de las leyes: Ley Provincial Nº 1173, Nº 1914, Nº 1466 y Ley Nacional Nº 24051.
Art 2: Adherir en su totalidad, a las disposiciones conjuntas Nº 1/18 y 2/18, de dichas Subsecretarías, que expresan la prohibición para el ingreso, guarda y/o depósito de equipos y máquinas en uso, que se empleen para la aplicación agrícola terrestre y/o área de agroquímicos a las ciudades y comisiones de fomento de La Pampa
Art 3: El ingreso solo será permitido cuando no puedan repararse fuero del radio urbano, estando previamente lavadas y debiendo contar con la pertinente certificación del asesor técnico fitosanitario.
Art 4: Quedando prohibido en todo el territorio el almacenamiento de bidones y recipientes de agroquímicos llenos (sin usar), en uso o vacíos, en sitios no autorizados ubicados en zonas urbanas, suburbanas y toda otra que determinen las autoridades de aplicación para asegurar la salud de la población y la preservación de la calidad ambiental
Art 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 27 de Diciembre de 2018.-

 

Nº 24 Aprobación Rendición Junio 2018

ORDENANZA N º 24 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Junio de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 735 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Junio de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Junio la suma de pesos $3.220.009.19 erogaciones totales de $ 3.449.914.79 quedando a disponibilidad al cierre de $ 5.079.763.57

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 27 de Diciembre de 2018.-

 

 

 

 

Nº 24 Autorizando venta de terreno municipal

ORDENANZA Nº 24 /2018

VISTO:

Autorización a venta de terreno propiedad de Municipalidad de Dorila;

 

CONSIDERANDO:

Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las ventas inmuebles del Municipio.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana
18, en esquina con calles 9 P.B. Graciarena y calle 2 España; con medidas de 10 mts de frente por 20 mts, de fondo, aproximadamente.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: APROBAR la venta descripta anteriormente, la misma se realiza como medio para que el vecino Sebastián Bongianino acceder desde el edificio de su emprendimiento (en terreno de su propiedad) hasta el acceso público sin molestar el de su propiedad.
Art 2: La misma se realizará, a un monto de $ 50.000 dejando a criterio del ejecutivo la forma de pago.
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 27 de Diciembre de 2018.-

Nº 25 Aprobación Rendición Julio 2018

ORDENANZA N º 25 /2018

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Julio de 2018 y,

 

CONSIDERANDO:

Que obra de 882 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Julio de 2018.

Art 2: Apruébese la suma de ingresos al inicio del mes de Junio la suma de pesos $4.147.977.16 erogaciones totales de $3.077.712.78 quedando a disponibilidad al cierre de $6.150.027.43

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

DORILA, 27 de Diciembre de 2018.-

 

 

 

 

AÑO 2017

Nº 01 Donación Abelardo Sánchez

ORDENANZA Nº 01/2017

VISTO:

Donación terreno propiedad de Municipalidad de Dorila, al señor SÁNCHEZ, Abelardo y;

CONSIDERANDO:

Que de común acuerdo entre este Concejo Deliberante y la Señora Intendente Natalia Hollmann, se considera dar en donación, un terreno propiedad de este municipio.
Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las donaciones inmuebles del Municipio.
Que dicho Concejo ha decidido otorgar la donación al señor SÁNCHEZ, Abelardo DNI Nº 7.360.220, con domicilio en Dorila.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana 41, Parcelo 20, con Partida de origen Nº 752.358.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: APROBAR la donación descripta anteriormente.
Art 2 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 30 de Enero de 2017.-

Nº 02 Licencia Intendenta

ORDENANZA Nº 02 /2017

VISTO:
Que la intendente Natalia Evangelina Teresa Hollmann debe hacer uso de la Licencia Anual.

CONSIDERANDO:

Que la misma corresponde según Ley 1597, de la Ley Orgánica de Municipios y Comisiones de Fomento.

 POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Designar a ocupar ese cargo al primer concejal Sra Mara Susana Rivarola, DNI 17734750, durante la licencia de la Sra Intendente.

Art 2: La licencia, a pedido de la Sra Hollamnn, comprenderá desde el 06/02/2017; hasta el día 15/02/2017, inclusive; del corriente año.

Art 3: Comuníquese, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

DORILA; 30 de Enero de 2017.-

 

Nº 03 Habilitación Librería Don Quijote

ORDENANZA Nº03 /2017

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Librería y regalería “EL QUIJOTE” con auxiliares de fotocopias, deL Sr Fernandez Ruben Horacio;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Con fecha 29/12/2016 la Sr Roxana Vanini , DNI 23.994.602 da de baja su habilitación comercial del comercio mencionado anteriormente.

Art 2: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Fernandez Ruben Horacio , CUIT 20-13.561.448-4, en el rubro Librería y regalería “EL QUIJOTE” con auxiliares de fotocopias; con domicilio en calle 10 Nº 220, de esta localidad (domicilio particular)

 

Art 3: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 03 de Marzo de 2017.-

 

Nº 04 Asueto Administrativo

ORDENANZA Nº04 /2017

VISTO:

Declaración de asueto administrativo;

CONSIDERANDO:

Es atribución de este consejo declarar el día del aniversario de la localidad asueto administrativo;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Declarase asueto administrativo el día 30 de marzo del corriente con motivo del 110 aniversario de esta localidad.

Art 3: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 03 de Marzo de 2017.-

Nº 05 Autorización apertura calle (Montanaro)

ORDENANZA Nº 05/2017

VISTO:

Tratamiento APERTURA CALLE LINDANTE AL OESTE DE PREDIOS MZAS 1,2 Y 3.

CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo autorizar aperturas de calle y;
Que los vecinos dueños de los mismos elevan notas.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorizar al Poder Ejecutivo la apertura de calle según la siguiente nomenclatura: Ejido 019, Circ 1, Chac 1, Parcela 33; Mza 1 lote 32, Mza 2 lote 3 y 4 y Mza 3 lote 3 y 4.
Art 2: La misma consta en planos y escrituras de los dueños de las parcelas anteriores.
Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

Nº 06 Subdivisión Mayoral Parcela 17

ORDENANZA Nº06 /2017

VISTO:

Autorización de subdivisión Ejido 019, Circ 1, Chacra 1,Parcela 17, partida de origen 762.407

CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo autorizar la misma

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar al Poder Ejecutivo la subdivisión perteneciente a Ejido 019, Circ 1, Chacra 1,Parcela 17, partida de origen 762.407.
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 17 de Marzo de 2017.-

 

Nº 07 Autorización subdivisión Coello y Buteler

ORDENANZA Nº07 /2017

VISTO:

Autorización de subdivisión Sección 1, Fracción C, Lote 18, Parcelas 17,18 y 19; Partida de origen 591.465 – 591.466 – 591.467

CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo autorizar la misma

POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar al Poder Ejecutivo la subdivisión perteneciente a Sección 1, Fracción C, Lote 18, Parcelas 17,18 y 19; Partida de origen 591.465 – 591.466 – 591.467, correspondiente a Gustavo Javier Coello y Martin Buteler.

Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 17 de Marzo de 2017.-

 

Nº 08 Aprobación Rendición Septiembre 2016

ORDENANZA N º 08 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 849 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Septiembre de 2016.

ART 2: Apruébese la disponibilidad al inicio del mes de septiembre la suma de pesos $5.487.985.74, con un ingreso del periodo de $2.293.671.60 y erogaciones totales de $2.806.667.78 quedando a disponibilidad al cierre de $4.974.989.56.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 31 de Marzo 2017.-

Nº 09 Aprobación Rendición Octubre 2016

ORDENANZA N º 09 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Octubre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 808 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Octubre de 2016.

ART 2: Apruébese la disponibilidad al inicio del mes de septiembre la suma de pesos $$4.974.989.56., con un ingreso del periodo de $2.454.92 y erogaciones totales de $2.964.724.49 quedando a disponibilidad al cierre de $4.010.719.99.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 31 de Marzo 2017.-

Nº 10 Aprobación Rendición Noviembre 2016

ORDENANZA N º 10 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Noviembre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 865 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Noviembre de 2016.

ART 2: Apruébese la disponibilidad al inicio del mes de septiembre la suma de pesos $4.010.719.99.., con un ingreso del periodo de $2.883.813.10 y erogaciones totales de $1.712.468.05 quedando a disponibilidad al cierre de $5.182.065.04.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 31 de Marzo 2017.-

Nº 11 Aprobación Rendición Diciembre 2016

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Diciembre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 983 folios, aprobándose la misma.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Diciembre de 2016.

ART 2: Apruébese la disponibilidad al inicio del mes de Diciembre la suma de pesos $5.182.065.04,con un ingreso del periodo de $2.501.159.72y erogaciones totales de $1.945.563.48 quedando a disponibilidad al cierre de $3.652.800.28.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 09 de Junio 2017.-

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 12 Aprobación Rendición Enero 2017

ORDENANZA N º 12 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Enero de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 718 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Enero de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Enero la suma de pesos $6.027.586.94, y erogaciones totales de $2.536.034.70 quedando a disponibilidad al cierre de $3.491.552.24.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 09 de Junio 2017.-

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 13 Compra Retroexcavadora

ORDENANZA Nº 13 /2017

VISTO:

Adquisición de Retroexcavadora 0 Km.

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la adquisición de un vehículo para el trabajo en caminos vecinales y mantenimientos de caminos urbanos;
Que el mismo es una JCB Retroexcavadora 3cx, 0km, marca JCB, chasis Nº SOR3CXTTAH1919519, con motor Nº H00132190.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1:Se autoriza al Poder Ejecutivo realizar dicha compra.
Art 2: Se adquiere a la firma El Surco tractores S.A, de la ciudad de General Pico, por un monto de
$ 2.444.000.
Art 3: El pago se realiza por transferencia bancaria la cual consta de una entrega de $800.00 y 12 cuotas de
$137.000.
Art 4: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su aprobación, cumplido, archívese

 

DORILA; 05 de Julio de 2017.-

Nº 14 Guías

ORDENANZA N º 14 /2017

VISTO:

El expediente N° 1351/17, caratulado “Ministerio de Hacienda y Finanzas – Dirección General de Rentas S/ sistematización de la emisión de las guías de campaña para el traslado de semovientes y cueros”, y,

CONSIDERANDO:

Que el importante desarrollo tecnológico que fue aprobado por el decreto 1149/12, modernizando la administración provincial y consecuentemente facilita la comunicación e interacción del Estado con el ciudadano.
Que los excelentes resultados obtenidos con la implementación del SAG llevo al análisis sobre la posibilidad de extender su utilización a la emisión de las guías únicas de transito de ganado mayor y menor y de cueros.
Que dichas guías están regulados por la ley nacional N°22939, Ley provincial N° 1601 y su decreto reglamentario N° 1834/96 que a fin de hacer operativo este nuevo desarrollo resulta conveniente extender el uso obligatorio del SAG como el único medio autorizado para la emisión de las guías para el traslado de ganado y cueros
Que, además, es necesario adoptar un nuevo modelo de las guías definiendo las instrucciones para su confección y llenado conforme a las necesidades de los datos definidas por los Organismos competentes así como unificar la vigencia de las mismas.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art. 1: Adherir al Decreto 1639/17 donde se aprueba el Sistema de Administración de Guías (SAG), siendo el único autorizado para la emisión por medios informáticos de las guías única de tránsito para el movimiento de ganado mayor y menor y de cueros y de campaña para el traslado de cereales.

Art. 2: Las guías únicas de transito estarán enumerados ordinariamente y se expedirán mediante el Sistema de Administración de Guía para ser portado por el transportista.

Art. 3: Las guías tendrán una validez de cuatro (4) días completos corridos a partir del día y hora de su expedición. Entrando en vigencia a partir del día 01 de Agosto del corriente año.

Art. 4: Facúltese a la Autoridad de Aplicación para dictar las normas necesarias para dar operatividad al artículo 25 de la Ley N° 1601.

 

 

 

Art. 5: Autorizar a la Municipalidad de Dorila a suscribir el convenio respectivo conjuntamente con la Secretaria de Asuntos Municipales y Dirección General de Rentas.

Art. 6: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y aprobación.

Art. 7: Una vez promulgada pase copia de la presente Ordenanza a la Secretaria de Asuntos Municipales y Rentas.

 

DORILA, 05 de Julio 2017.-

Nº 15 Aprobación Rendición Febrero 2017

ORDENANZA N º 15 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Febrero de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 554 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Febrero de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Febrero la suma de pesos $5.317.104.45, y erogaciones totales de $1.905.436.76 quedando a disponibilidad al cierre de $3.411.667.69.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 05 de Julio 2017.-

Nº 16 Antenas

ORDENANZA Nº 16 /2017ORDENANZA Nº 16 /2017
VISTO:  
   Montos vigentes para la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $66.000 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $15000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 26   de Julio de 2017.- 

Nº 17 Cuota Avión Ambulancia

ORDENANZA Nº 17 /2017

VISTO:
La necesidad de actualizar monto correspondiente al uso del Servicio Aéreo de Emergencias Médicas

CONSIDERANDO:

Que es de suma importancia dicho servicio para el habitante pampeano
Que esta Municipalidad está adherida a dicho servicio, y

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Actualizar el monto de tasa del Servicio Aéreo de Emergencias Médicas, en $ 6.50, ( pesos seis con cincuenta centavos)
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 11 de Agosto de 2017.-

 

Nº 18 Cesión para Cajero Automático

ORDENANZA Nº 18 /2017

VISTO:
Los requeridos interpuestos por el Banco de La Pampa SEM, respecto a la viabilidad de instalar un Cajero Automático en nuestra localidad y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario ceder al Banco de La Pampa SEM, un espacio de terreno, a efectos de cumplimentar los requisitos para la instalación, habilitación y funcionamiento del mencionado servicio público.
Que dicho inmueble propiedad de la Municipalidad de Dorila, representada por la Sra Intendente Natalia Evangelina Teresa Hollmann DNI 27.697.558, se identifica catastralmente como Ejido 19 Cir I radio a Mza 37, Parcela 3, con dimensiones de 4m por 3 m, sito en calle 10 esquina 5
Que haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento de la provincia y;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Ceder en comodato al Banco de La Pampa SEM un espacio de terreno del inmueble, propiedad de esta Municipalidad designado catastralmente como Ejido 19 Cir I radio a Mza 37, Parcela 3, con dimensiones de 4m por 3 m, sito en calle 10 esquina 5

Art 2: Autorizase a la Sra Intendente Municipal Natalia Evangelina Teresa Hollmann para que en nombre y representación de la Municipalidad de Dorila suscriban la documentación correspondiente a los fines de tramitar la cesión en comodato del inmueble precedentemente detallado

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 11 de Agosto de 2017.-

Nº 19 Aprobación Rendición Marzo 2017

ORDENANZA N º 19 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Marzo de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 847 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Marzo de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Marzo la suma de pesos $5.722.959,75; y erogaciones totales de $2.692.830,48 quedando a disponibilidad al cierre de $3.030.129,27.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 11 de Agosto de 2017.-

Nº 20 Aprobación Rendición Abril 2017

ORDENANZA N º 20 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Abril de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 744 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Abril de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Abril la suma de pesos $5.158.514.31; y erogaciones totales de $2.485.433.76 quedando a disponibilidad al cierre de $ 2.673.080.55.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 11 de Agosto de 2017.-

Nº 21 Aprobación Rendición Mayo 2017

ORDENANZA N º 21 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Mayo de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 745 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Mayo de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Abril la suma de pesos $5.680.411.48. ; y erogaciones totales de $2.816.929.79 quedando a disponibilidad al cierre de $2.863.481.69.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 08 de Septiembre de 2017.-

Nº 21 Aprobación Rendición Mayo 2017

ORDENANZA N º 21 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Mayo de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 745 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Mayo de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Abril la suma de pesos $5.680.411.48. ; y erogaciones totales de $2.816.929.79 quedando a disponibilidad al cierre de $2.863.481.69.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 08 de Septiembre de 2017.-

Nº 22 Cesión terreno Tellería- Krell

ORDENANZA Nº 22 /2017

VISTO:
Cesión terreno propiedad de Municipalidad de Dorila, a los señores Telleria y Krell y;

 

CONSIDERANDO:

Que de común acuerdo entre este Concejo Deliberante y la Señora Intendente Natalia Hollmann, se considera ceder un terreno propiedad de este municipio.
Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las donaciones inmuebles del Municipio.
Que dicho Concejo ha decidido cederlo a los señores Telleria, Fermin ; DNI 92.892.214 y a KRELL, Verónica; DNI 33.560.227 .
Que dicho terreno es lindante con otro de dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana 18, Parcelo 32, con Partida de origen Nº 784.225; propiedad de los anteriores.
Que se torna necesaria esta cesión por un error en la mensura previa y para continuar con la línea de urbanización actual

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar plenamente a la Intendente Natalia Hollmann, a realizar la cesión de un terreno propiedad de esta Municipalidad a los señores Telleria y Krell, mencionados anteriormente.
Art 2: Dicho terreno es lindante a la propiedad de dichos señores ubicada según el Visto y se torna necesaria esta cesión por un error en la mensura previa y para continuar con la línea de urbanización actual.-
Art 3: Anéxese a esta Ordenanza plano catastral con señalización del terreno en cuestión
Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA 04 de Octubre de 2017.-

 

Nº 23 Venta terreno

ORDENANZA Nº 23/2017

VISTO:

Autorización a venta de terreno propiedad de Municipalidad de Dorila;

 

CONSIDERANDO:

Que es atributo de este Concejo Deliberante regir sobre las ventas inmuebles del Municipio.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana
41, Parcelo 21, que queda de la subdivisión de parcela 20 con Partida de origen Nº 752.358.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: APROBAR la venta descripta anteriormente.
Art 2: Este consejo acuerda que dicha venta se realice únicamente a pobladores locales con domicilio legal en la localidad de Dorila, a un monto de $120.000 dejando a criterio del ejecutivo la forma de pago.
Art 3: Se hace hincapié que los destinatarios no podrán ser funcionarios municipales ni tener un parentesco de estos de hasta 3º grado.
Art 2 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 13 de Octubre de 2017.-

 

Nº 24 Ampliación zona urbana

ORDENANZA Nº 23 /2017

VISTO:

La necesidad de ampliar la Zona Urbana perteneciente a la localidad de Dorila.

CONSIDERANDO:

Que según ley Nº 1597, son facultades normativas del Concejo Deliberante dictar ordenanza referente al plan de urbanización y delimitar espacios;
Que es necesaria su determinación para acompañar el crecimiento y el mejoramiento de la localidad.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Delimitase como Zona Urbana de la localidad de Dorila, el sector comprendido: de Norte a Sur, desde la calle Félix Campos hasta calle 8 (S. Martelono); y de Oeste a Este, desde Calle 9 hasta Calle 16.

Art 2: Comprendiendo los modos de vida y la dinámica propia de la localidad, se comenzará institucionalizando lo existente.

Art 3: Se adjunta plano con la delimitación del caso.-

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA;09 de Noviembre de 2017.-

Nº 25 Aprobación Rendición Junio 2017

ORDENANZA N º 25 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Junio de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 956 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes Junio de 2017.

ART 2: Apruébese la disponibilidad e ingresos al inicio del mes de Junio la suma de pesos $2.863.481.69; y erogaciones totales de $2.601.427.88 quedando a disponibilidad al cierre de $3.007.711.64

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 09 de Noviembre de 2017.-

Nº 26 Carretón 2017

ORDENANZA N º 26 /2017

VISTO:

Adquisición de semirremolque para transporte de maquinaria y,

CONSIDERANDO:

Que fue necesaria la adquisición del elemento mencionado con anterioridad debido a la extensión de la red de caminos vecinales.
Que el mismo es un semirremolque marca Mancini nuevo, modelo TVM-12T, año 2017; Carrocería H.C.Mancini, con Nº de carrocería o chasis: 8D9TVM12THB431150. Cuya fecha de fabricación consta el 26/10/2017. Con un peso de 16220. Código del automotor C240DQ1931
El mismo fue adquirido con nombre de la fábrica Agro Dos Mil S.A, Cuit 30691595893

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Este Consejo acepta la compra por parte del Ejecutivo del elemento antes descripto, para trabajos en esta Municipalidad.

ART 2: Se adquirió a la firma mencionada a un monto de $390.000.-

ART 3: Se efectuó el pago mediante transferencia bancaria.

ART 4: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

 

 

 

DORILA, 24 de Noviembre de 2017.-

AÑO 2016

Nº 01 Ley Promoción, creación Consejo Productivo

ORDENANZA Nº 01 /2016

VISTO:
La necesidad de Adherir a la Ley Provincial Nº 2.870 de Promoción Económica, en los términos y con los alcances de sus artículos 26, 29, 43, 44 y concordantes.
CONSIDERANDO:

Que es necesario instituir un régimen de promoción de las actividades económicas tendientes al fortalecimiento y expansión de la economía local.
Que es necesario para ello estimular la iniciativa privada con el objetivo de promover el desarrollo económico y con equidad social, la creación de empleo, la diversificación de producción, la industria, el comercio y los servicios.
Que es necesaria la adhesión a la ley de Promoción Económica Provincial.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1:: Adhiérase la Municipalidad de Dorila a la Ley Provincial Nº 2.870 de Promoción Económica, en los términos y con los alcances de sus artículos 26, 29, 43, 44 y concordantes.
Art 2:Créase el «CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL», con la siguiente integración:
1º) El Señor Intendente Municipal, quien lo presidirá;
2º) De tres (3) concejales de este Cuerpo Deliberativo.
3º) Un (1) representante de las entidades cooperativas de la localidad;
4º) Un (1) representante de las entidades locales que representan al campo;
5º) Un (1) representante de las entidades locales que representan al comercio y a los servicios;
6º) Un (1) representante de las entidades locales que representan a la industria;

 

Art 3º: El «CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL» intervendrá en todos los trámites cuyo objeto sea el financiamiento de proyectos productivos que se otorguen en el marco de la Ley Provincia Nº 2.870 de Promoción Económica. Tendrá funciones consultivas no vinculantes, y coadyuvará en el seguimiento y concreción de cada proyecto productivo que otorgue el Municipio. Sus decisiones serán tomadas por simple mayoría de los miembros presentes.
Art 4º.- Déjase establecido que el financiamiento de cada proyecto productivo otorgado en el marco de la Ley Provincia Nº 2.870 de Promoción Económica, deberá ser aprobado por este Cuerpo deliberativo (art. 35, inc. 42, Ley Provincial Nº 1.597), de la forma y modo que se establece el CAPITO I “DE LOS EMPRESTITOS”, del TITULO IV “REGIMEN ECONOMICO FINANCIERO Y PATRIMONIAL” de la Ley Provincial Nº 1.597.
Art 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-

 

DORILA; 22 de Enero de 2016.-

Nº 02 Donación IPAV

ORDENANZA Nº 02 /2016

VISTO:

La necesidad de contribuir a paliar el déficit habitacional existente en nuestra localidad y;

CONSIDERANDO:

Que el problema habitacional que sufre gran número de sus habitantes constituye una preocupación constante de la cual administración municipal;
Que en la localidad existen posibilidades ciertas y concretas de lograr que el IPAV construya en nuestra localidad un plan de vivienda lo cual trae aparejado la solución habitacional con todos los beneficios que esto implica.
Que para ello es necesario que este Municipio le proporcione espacio físico donde construir las viviendas.
Que la Municipalidad es propietaria de la siguiente parcela: EJIDO 019, CIRCUNSCRIPCION I, RADIO A, MANZANA 53, PARCELAS 24, 25, 26, 27, con PARTIDA DE ORIGEN Nº 591677.

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la donación del inmueble identificado catastralmente como EJIDO 019, CIRCUNSCRIPCION I, RADIO A, MANZANA 53, PARCELAS 24, 25, 26, 27, con PARTIDA DE ORIGEN 591677, según surge del plano de mensura.

Art 2: Dispónese que la donación será con cargo de construcción de cuatro (4) viviendas sociales bajo la operatoria que el IPAV determine.

Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 8 de Marzo de 2016.-

 

Nº 03 Habilitación comercial Rordríguez Andrea

ORDENANZA Nº 03 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Rotisería Las 3 M con auxiliares de bebidas, de la señora Rodriguez Andrea Carolina;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Rodriguez Andrea Carolina , DNI 28.237.787, en el rubro Rotisería Las 3 M; con domicilio en calle 7 Nº 26, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Dentro de la documentación requerida se deja la constancia de la solicitud de libreta sanitaria de las dos personas que atenderían el local comercial, Benito Juan Cruz y Rodriguez Andrea Carolina.

Art 3: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 22 de Marzo de 2016.-

Nº 04 Habilitación comercial García Mercedes Carmen

ORDENANZA Nº 04 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Vivero, de la señora Garcia Mercedez Carmen;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Garcia Mercedez Carmen, DNI 12.152.879, en el rubro Vivero; con domicilio en calle 10 entre 2 y 3, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

Nº 05 Habilitación comercial Gutiérrez Paola

ORDENANZA Nº 05 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Minimercado La Central, de la señora Gutierrez Paola Gisela;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Gutierrez Paola Gisela, DNI 33.039.012, en el rubro Minimercado La Central; con domicilio en calle 10 esq. 4 Nº 113, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

Nº 06 Aprobando Rendición septiembre 2015

ORDENANZA Nº 06 /2016

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 827 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Septiembre de 2015.

ART 2: Apruébese Erogaciones por la suma de pesos tres millónes, ciento veintisiete mil, doscientos cuarenta y ocho, con veinte centavos, ($ 3.127.248.20)

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 22 de Marzo de 2016.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 07 Guía de cereales

ORDENANZA Nº 7 /2016ORDENANZA Nº 7 /2016
VISTO:          La necesidad de modificar las ordenanzas Nº 15/2014 y Nº 8/2012 de adhesión a los decretos provinciales Nº 303/12 y Nº 1149/12, respecto de los valores de las tasas por los servicios de intervención, fiscalización y procedimientos de expedición de guías de campaña para el traslado de granos y.
CONSIDERANDO:

Que esta municipalidad adhirió oportunamente al decreto provincial Nº 303/12, decreto Nº 1149/12 y normas modificatorias y reglamentarias mediante ordenanzas
Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publica en la pagina oficial www.agroindustria.gob.ar , los valores por tonelada para el trigo pan, maíz, girasol y soja.
Que en función a lo expuesto se propicia aprobar una unidad de calculo denominada UNIDAD FIJA DE GRANOS (UFG) que refleje la citada variación ocurrida en el periodo correspondiente, proponiéndose la adecuación mensual a fin de mantener la proporcionalidad entre el servicio que se presta y el costo del mismo.
   Que por el servicio de expedición de guías de campaña para el traslado de granos dentro y fuera del territorio de la provincia, la tasa se calculara de acuerdo a la denominada UNIDAD FIJA DE GRANOS (UFG).
   Que la misma se establece en el promedio simple del valor del kilogramo correspondiente a los granos de trigo pan, maíz, girasol y soja, es decir que el valor de un kilogramo promedio equivale a una UFG.
   Que dicho valor surgirá de la cotización de la tonelada a valores de mercado, publicada por la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:Art 1: Se establecen las siguientes tasas:
*Por cada traslado de granos desde el ejido comunal con destino fuera del territorio provincial:……150 UFG* Por cada traslado de granos fuera del ejido comunal con destino dentro del territorio provincial:..…75 UFG* Por cada traslado de granos desde el ejido comunal con destino dentro del territorio provincial transportado a sí mismo por el productor……………………………………………………………………………..…75 UFG* Por cada traslado de granos dentro del ejido comunal SIN CARGO. Para efectuar el traslado por este concepto deberá abonar un derecho de oficina………………………………………………………………….18 UFG.*Por cada traslado de grano que se efectúe por ferrocarril se abonará por vagón…………………….200UFG
Art 2: Facultase al Departamento Ejecutivo a adecuar los valores por aplicación del procedimiento determinado en los artículos anteriores, debiendo comunicar todo acto administrativo que se dicte , al Concejo Deliberante para su posterior aprobación.Art 3:.A partir de la entrada de vigencia de la presente quedan derogados en sus partes pertinentes, en cuanto a la fijación de los valores de las tasas por los servicios de intervención, fiscalización y procedimientos de expedición de guías de campaña para el traslado de granos, las Ordenanzas Nº 15/2014 y Nº 8/2012 de adhesión a los decretos provinciales Nº 303/12 y Nº 1149/12  Art 4: Remítase copia de la presente al Gobierno de La Pampa a fin de que se tomen conocimiento.  Art 5: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 01 de Abril de 2016.- 

Nº 08 Antenas

ORDENANZA Nº 08 /2016ORDENANZA Nº 08 /2016
VISTO:  
   Los montos vigentes para la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN: $35.000  por única vez y por cada estructura portante.-b) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $55.000 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $8.000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 19 de Abril de 2016.- 

 

Nº 09 Habilitación comercial Sanchez Carina

ORDENANZA Nº 09 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Verdulería con auxiliares de venta de mercadería y bebidas, de la señora Sánchez Claudia Carina;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Sánchez Claudia Carina, DNI 23.468.401, en el rubro Verdulería con auxiliares de venta de mercadería y bebidas “Los tíos”; con domicilio en calle 10 Nº 115, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 19 de Abril de 2016.-

Nº 10 Habilitación comercial Gago Marcela

ORDENANZA Nº 10 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Comercio- venta como pollería, de la señora Gago Marcela Alicia;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Gago Marcela Alicia, DNI 22.074.756, en el rubro Comercio-venta como pollería; con domicilio en calle 10 Nº 376, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 19 de Abril de 2016.-

 

 

Nº 11 Aprobando Rendición octubre 2015

ORDENANZA N º 08 /2017

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Septiembre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 849 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Septiembre de 2016.

ART 2: Apruébese la disponibilidad al inicio del mes de septiembre la suma de pesos $5.487.985.74, con un ingreso del periodo de $2.293.671.60 y erogaciones totales de $2.806.667.78 quedando a disponibilidad al cierre de $4.974.989.56.

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 31 de Marzo 2017.-

Nº 12 Aprobando Rendición noviembre 2015

ORDENANZA N º 12 /2016

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Noviembre de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 752 folios, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Noviembre de 2015.

ART 2: Apruébese Erogaciones por la suma de pesos tres millones, quinientos cuatro mil, cuarenta, con setenta y cinco centavos, ($ 3.504.040.75)

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 05 de Mayo de 2016.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 13 Aprobando Rendición diciembre 2015

ORDENANZA N º 13 /2016

VISTO:

La presente rendición de cuentas correspondiente a la Municipalidad de Dorila, en concepto del Balance Mensual del período Diciembre de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que obra de 755 folios mas anexo de fotocopia de rescisión de boleto de compra venta entre Intendente de la Municipalidad de Dorila y Darío Lujan Rupell, aprobándose la misma.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Téngase por presentada la rendición documentada de las cuentas correspondientes al mes de Diciembre de 2015.

ART 2: Apruébese Erogaciones por la suma de pesos Seis millones, ochocientos setenta mil, setecientos diecinueve, con tres centavos, ($6.870.719.03)

ART 3: Comuníquese, pase al libro de Resoluciones y Ordenanzas, cumplido, archívese.

DORILA, 05 de Mayo de 2016.-

Nº 14 Antenas.

ORDENANZA Nº 14 /2016ORDENANZA Nº 14 /2016
VISTO:  
   Rectificatoria de Ordenanza 08/2016 sobre montos vigentes para la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $55.000 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $8.000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 17 de Mayo de 2016.- 

 

N° 15 Coparticipación

ORDENANZA N º 15/2016.

VISTO:

Determinar destino de sumas coparticipadas surgido de las regalías hidrocarburíferas; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario y conveniente adherir a la norma provincial (ley 2899/16) y establecer los parámetros para que este municipio pueda disponer de los fondos surgidos de las regalías hidrocarburíferas.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: Adherir en su totalidad a la ley 2899/16, por el cual se establece que los municipios deberán destinar
las sumas coparticipadas por regalías hidrocarburíferas de acuerdo a los parámetros que fije
anualmente este consejo deliberante.

Art 2: Establecer que el 60% de las sumas coparticipadas por regalías hidrocarburíferas al municipio local
deberán ser destinadas a la obra publica y el 40% restantes afectado a erogaciones corrientes.

 

Art 3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido,
archívese.

 

DORILA; 17 de Mayo de 2016.-

Nº 16 Fundación de Desarrollo Regional

ORDENANZA N º 16/2016.

VISTO:

Adhesión de este municipio como miembro adherente a la Fundación para el desarrollo Regional; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la adhesión de este municipio para contar con los servicios brindados por esta
fundación.

Que la misma es necesaria para la conformación del consejo productivo local.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: Autorizamos al poder ejecutivo a adherirse como miembro participante de la Fundación del Desarrollo
Regional.

Art 2: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido,
archívese.

 

DORILA; 17 de Mayo de 2016.-

 

 

Nº 17 Juez de Faltas

ORDENANZA Nº 17 /2016

VISTO:

Las actuaciones administrativas caratuladas: ”PELLEGRINO GASTON ABEL S/ DESIGNACION DE JUEZ DE FALTAS”

CONSIDERANDO:

1) Que el poder ejecutivo municipal, en el uso de facultades que le son propias ha decidido designar al Dr. Gastón Abel Pellegrino como Juez de Faltas municipal.
2) Que ha girado el pliego del referido profesional a este cuerpo deliberativo para prestar el acuerdo previsto por el artículo 42 inciso 9º de la ley nº 1597 orgánica de municipalidades y comisiones de fomento.
3) Que los antecedentes de los que ha sido puesto en conocimiento este concejo deliberante autorizan a tener al referido propuesto como hábil e idóneo para el ejercicio de la función que se le ha acordado, sin que exista razón alguna de naturaleza moral o legal que obsten al ejercicio del cargo.
3) Que asimismo se ha propuesto adherir al texto del denominado Código regional de faltas zona norte tanto como al denominado Juzgado regional de faltas zona norte, que ha sido puesto a consideración de este cuerpo legislativo, en los términos del artículo 33 incisos 36 y 40 de la ley provincial nº 1597 orgánica de municipalidades y comisiones de fomento, sin que a su respecto quepa formular objeción alguna en atención a la corrección de la redacción del texto y la coincidencia de los bienes y valores que pretende tutelar el código en cuestión con el bien público de esta localidad. También se toma en consideración la necesidad de contar con el organismo sancionatorio en faltas y contravenciones que permita afrontar la complejidad de las relaciones que se dan entre administrados y municipio en la actualidad todo lo que justifica la adhesión a un organismo ya creado y que conforme surge de las constancias a disposición de este cuerpo viene funcionando correctamente.

 

 

 

 

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar al poder ejecutivo municipal a adherir al Juzgado Regional de faltas zona norte así como a su texto, que se aprueba a libro cerrado por medio del presente instrumento, todo en los términos del articulo 33 incisos 36 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y comisiones de fomento nº 1597..
Art 2: Prestar el acuerdo para la designación como juez de faltas municipal al Dr. Gastón Abel Pellegrino, en los términos del artículo 42 inciso 9º de la ley 1597 por el periodo comprendido entre el año 2015 y el año 2019, o hasta que dure su buena conducta, todo ello en los términos de la normativa referida
Art 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 19 de Mayo de 2016.-

Nº 18 Habilitación comercial Vanini Roxana

ORDENANZA Nº18 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Librería y regalería “EL QUIJOTE” con auxiliares de fotocopias, de la señora Roxana Vanini;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Roxana Vanini , DNI 23.994.602, en el rubro Librería y regalería “EL QUIJOTE” con auxiliares de fotocopias; con domicilio en calle 10 Nº 220, de esta localidad (domicilio particular)

 

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 02 de Junio de 2016.-

 

 

Nº 19 Habilitción comercial Santos Gisela

ORDENANZA Nº19 /2016

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Peluqueria “GS STYLE”, de la señora Gisela Noemí Santos;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Servicios en general).

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Gisela Noemí Santos , DNI 32.818.748, en el rubro Peluquería “GS STYLE”; con domicilio en calle 10 Nº 335, de esta localidad (alquilado, anexa contrato de locación)

 

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 02 de Junio de 2016.-

Nº 20 Leyenda Río Atuel

ORDENANZA Nº20 /2016

VISTO:

Incorporación de membrete “El río Atuel también es pampeano”.

CONSIDERANDO:

Que La Cámara de Diputados de la Provincia de la Pampa solicita la adhesión a la ley 2902/16.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art1: Adherir a la ley mencionada anteriormente
Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 02 de Junio de 2016.-

 

 

AÑO 2015

Nº 02 Habilitación comercial Romina Rodríguez

ORDENANZA Nº 02 /2015

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: TODO SUELTO de la señora María Romina Rodríguez y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Rodríguez María Romina, DNI 32818750; en el rubro TODO SUELTO; con domicilio en calle 3 Nº 150 de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 19 de Mayo de 2015 .-

 

Nº 03 Habilitación comercial Pedernera-Bajo

ORDENANZA Nº 03 /2015

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: POLIRUBROS, de Pedernera Ivana y Bajo, Néstor y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Pedernera Ivana DNI 27892218; Bajo, Néstor , DNI 27167752 , en el rubro POLIRUBROS; con domicilio en calle 10 Nº 586 de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 19 de Mayo de 2015 .-

 

 

Nº 04 Habilitación comercial Gorostegui, Elena (ropa)

ORDENANZA Nº 04 /2015

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Indumentaria, Bijouteri y Calzado de la señora GOROSTEGUI, Elena Alejandra y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: GOROSTEGUI, Elena Alejandra , DNI 28707797, en el rubro Indumentaria, Bijouteri y Calzado; con domicilio en calle 10 Nº 335, de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 19 de Mayo de 2015.-

 

 

Nº 07 Antenas

ORDENANZA Nº 07 /2015ORDENANZA Nº 07 /2015
VISTO:
Los montos vigentes para la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para el cierre del ejercicio del corriente se mantendrá los siguientes valores:
a) TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN: $35.000  por única vez y por cada estructura portante.-b) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $42.500 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $8.000 por cada estructura portante.-
Art 2: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 04 de Mayo de 2015.-

 

Nº 09 Cierre camino Mata

ORDENANZA Nº 09 /2015

VISTO:

Cierre de camino vecinal 11B ejido 019, Circ I fracción C

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Concejo Deliberante autorizar cierres o aperturas de calles urbanas o caminos rurales, según artículo 101 de la ley Orgánica de Municipalidad y Comisiones de Fomento.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Señora Intendente a realizar cierre camino vecinal 11B entre 12B y 18B a solicitud del Sr Luis Mata, como medio de seguridad para resguardo de su propiedad

Art 2 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 25 de Junio de 2015.-

 

N° 10 Tasa por edificación

ORDENANZA Nº 10 /2015ORDENANZA Nº 10 /2015
VISTO:
Actualización montos tasa Inspección a Propiedades No Edificadas
CONSIDERANDO:
Que el departamento ejecutivo presentó el proyecto respectivamente de acuerdo a lo establecido en el art. 67 de la lay 1597/95.                 Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.                  Que es necesaria una actualización de las tasas.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: En concepto de derechos de construcción para los casos de nuevos edificios, renovación o ampliación de los ya existentes, se cobrará por metro cuadrado de superficie de edificación, atento a las categorías establecida en la Ordenanza Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:1. Construcciones para viviendas:a) Económicas: Hasta 70 m2…………………………………………….2Ub) Confortables:  Más de 70 m2 …………………………………………3U1. Conforme a obra: Económicas: Hasta 70 m2 ………………………………………….…3 UConfortables:  Más de 70 m2 …………………………………………4 U.Art 2 Cada Unidad (U) se compondrá de un (1) litro del  precio de gasoil común.Art 3: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

 

DORILA; 25 de Junio de 2015.-

N° 12 Soluciones Habitacionales

ORDENANZA Nº 12 /2015

VISTO:

El Programa de “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y ;

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta Nº 10, otorgar para el año 2015 la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00.-) por localidad correspondiente al Programa de Soluciones Habitacionales;
Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción de una vivienda en la manzana 53 parcela 1 de la localidad de Dorila:
Que el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;
Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta Localidad;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA

Art 1: Autorízase la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Concejo Provincial de Descentralización para el año 2015.-
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

 

DORILA; 10 de Agosto de 2015.-

 

Nº 13 Habilitación Pablo Fioravantti

ORDENANZA Nº 13 /2015

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: KIOSCO de Pablo Rubén Fioravantti y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas Minorista)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Fioravantti, Pablo Rubén; DNI Nº 11.845.096; en el rubro KIOSCO; con domicilio en calle Segundo González Nº 360 de esta localidad (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 24 de Agosto de 2015 .-

 

 

Nº 14 Compra autobomba

ORDENANZA Nº 14 /2015

VISTO:

Compra camión autobomba

CONSIDERANDO:

Que es necesario adquirir un camión autobomba, para uso general en la localidad y zona rural.
Que su compra es inevitable debido a los riesgos de incendios que se sufren en la zona.
Que se presentó el mejor presupuesto por el valor del mismo.
Que los fondos usados corresponden a las cuentas del municipio.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorízase a la Señora Intendente a la compra de un camión autobomba, correspondiente a la Asociación Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Ingeniero Luiggi; por el valor de $ 75.000 (pesos, setenta y cinco mil), en cuotas a designar entre las partes.
Art 2: El mismo es marca Dodge, Modelo D 500 175, Tipo: camión con cabina, Patente Nº VNZ 348.
Art 3: La unidad será utilizada en forma local (urbana/ rural), y en apoyo a las unidades de bomberos de localidades vecinas
Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA;02 de Setiembre de 2015.-

 

Nº 15 Becas municipales universitarios, terciario

ORDENANZA Nº 15 /2015

VISTO:

Aprobación de RESOLUCIÒN MUNICIPAL 27/ 2015: Ayuda gastos para estudiantes universitarios/ terciarios locales.

CONSIDERANDO:

Que para solventar gastos a estudiantes universitarios/terciarios locales que no son becados
Que la Municipalidad abonará un monto bimestral de pesos mil ($1000) durante el año lectivo a partir del 1º de Setiembre de 2015.
Que los estudiantes universitarios/terciarios deben tener domicilio legal en esta localidad, ser alumnos regular y poseer buena conducta.
Que deben presentar documentación en la oficina municipal al comienzo de cada año lectivo.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Apruébese dicha resolución.
Art 2 :Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

 

DORILA; 15 de Setiembre de 2015.-

 

N° 22 A Donación Abelardo Sánchez

ORDENANZA Nº 22 A /2015

VISTO:

Resolución Municipal 34/2015, según Usufructo Vitalicio terreno propiedad de Municipalidad de Dorila y;

 

CONSIDERANDO:

Que de común acuerdo entre este Concejo Deliberante y la Señora Intendente Natalia Hollmann, se considera dar en Usufructo vitalicio un terreno propiedad de este municipio.
Que los mismos hemos decidido otorgar dicho usufructo al señor SÁNCHEZ, Abelardo DNI Nº 7.360.220, con domicilio en Dorila.
Que dicho terreno está ubicado con dominio catastral en Ejido 019, Radio a, Circunscripción I, Manzana 41, Parcelo 20, con Partida de origen Nº 752.358.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: APROBAR dicha resolución en todos sus artículos.
Art 2 Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 11 de Noviembre de 2015.-

 

N° 22 Apertura 1 calle Mayoral

ORDENANZA Nº 22/2015

VISTO:

La necesidad de dar salida a la parcela resultante en función del plano de subdivisión que se realizó en la parcela cuya nomenclatura catastral es: Ejido 019 Circ. I Ch. 1 Parcela 18.

CONSIDERANDO:

Que es necesario dar solución a la misma y regularizar una situación catastral a la parcela resultante cumpliendo con las medidas aceptables.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Se ordena la Visación del plano de Subdivisión
Art 2: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, elévese copia a la Dirección de Catastro, comuníquese, publíquese y archívese.

 

DORILA; 13 de Noviembre de 2015.-

 

AÑO 2014

Nº 01 Aprobando Plan Estratégico

VISTO:

La necesidad de aprobar y adoptar plan estratégico de desarrollo urbano ambiental y;

CONSIDERANDO:

Que según ley Nº 1597, artículo 36 inciso 6º, son facultades normativas del Concejo Deliberante dictar ordenanza referente al plan de urbanización;
Que su objetivo general es “Encauzar el desarrollo urbano de la localidad de Dorila mediante propuestas estratégicas de ordenamiento territorial y urbano, enmarcado en el desarrollo local sustentable”
Que dicho plan podrá imponer restricciones y límites al dominio, estableciendo zonas residenciales e industriales;
Que, además determina las condiciones y requisitos para la construcción, conservación y mantenimiento de los edificios particulares y públicos, sus partes accesorias, sus demoliciones; y sobre baldíos;
Que, además, dictará las normas de urbanización que fijen las condiciones que debe cumplir la red viaria, así como los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, y suministro de gas y de energía eléctrica;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Aprobar el Plan Estratégico de Desarrollo Urbano Ambiental, de la Municipalidad de Dorila, según informe final 2009 ( s/ Arq. Alfredo Ibañez; MP 2249); con modificatorias circunstanciales.

Art 2: Que dicho Plan debe constituirse en un instrumento abierto, dinámico y participativo para el desarrollo urbano y ambiental, basado en la identidad local ( cultural, social, económica y medioambiental); posibilitando equilibrar la necesidad de Planificación Estratégica con acciones más locales, espontáneas e inmediatas.

Art 3: Se orientará un mayor énfasis en la planificación e implementación rápidas, participativas, basadas en la acción, dando más importancia a las necesidades inmediatas

Art 4: Comprendiendo los modos de vida y la dinámica propia de la localidad, se comenzará institucionalizando lo existente .

Art 5:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA;06 de Enero de 2014.-

Nº 02 Rendición Fofeso 2º semana13

ORDENANZA Nº 02 /2014

VISTO:
Rendición movimientos FoFeSo ( Fondo Federal Solidario) correspondiente al 2º semestre 2013 y;

 

CONSIDERANDO:

Que los fondos disponibles del FoFeSo, fueron utilizados según proyectos presentados oportunamente,
Que el mismo fue para obras de finalización de cocina municipal, refacciones edificio en donde funciona programa Ayelen y adquisición de un acoplado volcador lateral nuevo, por el valor de pesos ochenta y tres mil, cuatrocientos treinta y seis con ochenta y seis ctvos, ($83.436,86).

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Dar por aprobada la rendición del FoFeSo correspondiente al 2º Semestre del 2013, según detalle presentado.
Art 2: Pase al Departamento Ejecutivo, para su aprobación y elevación a Secretaria de Asuntos Municipales, cumplido, archívese.

 

DORILA; 10 de Enero de 2014.-

 

 

Nº 03 Rendición Hidrocarburos 2º sem 2013

ORDENANZA Nº 03 /2014

VISTO:

La necesidad de afectar los fondos provenientes del Fondo de Regalías Hidrocarburíferas Ley 2392, decretos 161/08 y 2315/10 y Ley 2691, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2392 define que se deberán destinar las sumas recibidas con el objeto de financiar inversiones de capital, obras de infraestructuras y/o emprendimientos productivos debiéndose afectar a los proyectos mencionados como mínimo el 70% del total transferido;
Que esta Comuna debe efectuar semestralmente la rendición de los montos invertidos del mencionado fondo;
Que, los fondos recepcionados en el segundo semestre del año 2013 han sido invertidos;
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar la rendición de los fondos correspondientes al 70% de los montos recibidos por Ley 2392 y su modificatoria Ley Nº 2691 correspondiente al segundo semestre del año 2013 cuyo destino deberá afectarse a futuras inversiones de capital, obras de infraestructuras y/o emprendimientos productivos, por el monto de pesos cuatrocientos cuarenta y un mil, veintidós con noventa y siete ctvos; ($ 441.022,97).

Art 2: Que los fondos se invirtieron en la adquisición de un mini ómnibus Marca Iveco, Mod.2013- 0 km, y Carrocería Hidráulica Marca Pettinardi- mod.2013 ; por un total de pesos cuatrocientos setenta y nueve mil, cuatrocientos, ($ 479.400).

Art 3:Que la diferencia de saldo se realizará con ingresos del 1º semestre.

Art 4: La documentación obrante se encuentra debidamente archivada en la Comuna, a disposición para cualquier consulta por parte de las Autoridades provinciales o nacionales.

Art 5:.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 10 de Enero de 2014.-

 

Nº 03 Rendición Hidrocarburos 2º sem 2013

ORDENANZA Nº 03 /2014

VISTO:

La necesidad de afectar los fondos provenientes del Fondo de Regalías Hidrocarburíferas Ley 2392, decretos 161/08 y 2315/10 y Ley 2691, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 2392 define que se deberán destinar las sumas recibidas con el objeto de financiar inversiones de capital, obras de infraestructuras y/o emprendimientos productivos debiéndose afectar a los proyectos mencionados como mínimo el 70% del total transferido;
Que esta Comuna debe efectuar semestralmente la rendición de los montos invertidos del mencionado fondo;
Que, los fondos recepcionados en el segundo semestre del año 2013 han sido invertidos;
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar la rendición de los fondos correspondientes al 70% de los montos recibidos por Ley 2392 y su modificatoria Ley Nº 2691 correspondiente al segundo semestre del año 2013 cuyo destino deberá afectarse a futuras inversiones de capital, obras de infraestructuras y/o emprendimientos productivos, por el monto de pesos cuatrocientos cuarenta y un mil, veintidós con noventa y siete ctvos; ($ 441.022,97).

Art 2: Que los fondos se invirtieron en la adquisición de un mini ómnibus Marca Iveco, Mod.2013- 0 km, y Carrocería Hidráulica Marca Pettinardi- mod.2013 ; por un total de pesos cuatrocientos setenta y nueve mil, cuatrocientos, ($ 479.400).

Art 3:Que la diferencia de saldo se realizará con ingresos del 1º semestre.

Art 4: La documentación obrante se encuentra debidamente archivada en la Comuna, a disposición para cualquier consulta por parte de las Autoridades provinciales o nacionales.

Art 5:.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 10 de Enero de 2014.-

 

N° 04 Donación usufructo vivienda (Elba)

ORDENANZA Nº   4/2014ORDENANZA Nº   4/2014
VISTO:  
Usufructo vitalicio de vivienda de servicio propiedad esta de la Municipalidad de Dorila. 
CONSIDERANDO:⦁ Que la vivienda de Servicio propiedad del Municipio está construida en terreno de dominio: Nomenclatura catastral: Ejido 019, Circuns. 1º, Radio “A”, Manzana 66ª Parcela 22.⦁ Que la misma será destinada al usufructo vitalicio para uso habitación. ⦁ Que es obligación de esta Municipalidad gestionar y proporcionar todo el bienestar posible a sus habitantes.⦁ Que es prioridad de la misma,  facilitar la convivencia y habitabilidad en la localidad; de las personas con discapacidad. 

POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorizar a la Señora Intendente Lic. Natalia Hollmann, a donar el usufructo vitalicio de la vivienda propiedad del Municipio ubicada en : Ejido 019, Circuns. 1º, Radio “A”, Manzana 66ª Parcela 22 de la localidad.
Art 2: La Municipalidad  se reservará la nuda propiedad de la mencionada.
Art 3: El inmueble será destinado a uso habitacional de la usufructuaria, cualquier otro destino, será motivo suficiente de revocación del usufructo que por este acto se le dona.
Art 4: Dicho usufructo vitalicio se constituye en un 50% (cincuenta por ciento) para cada una de las donatarias.
Art 5: En caso de fallecimiento de una de las usufructuarias, la otra tendrá el derecho de acrecer. 
 Art 6: Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 14 de Abril de 2014.- 

N° 08 Prescripción Manzana 42

ORDENANZA Nº 08 /2014

VISTO:

Resolución Municipal Nº 41/2012 – expediente 01/2012 caratulado Municipalidad de Dorila s/ Prescripción Administrativa, iniciado por el Departamento Ejecutivo bajo la Resolución Municipal Nº 30/2012

 

CONSIDERANDO:

Que en la misma resolución se ordena disponer actuaciones sumariales a efectos de disponer la posesión del inmueble ubicado en el lote Oficial Nº 18 Fracción C de la Sección I de la Provincia de La Pampa, designado catastralmente como Ejido 019, Circ. I Radio a, Manzana 42 parcela 9, Partida Nº 752.357, inscripción de Dominio Tº 24 Folio Nº 537 Fca. Nº 4032, superficie según mensura particular 9968 m2.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar el proyecto de Ordenanza/ Resolución Municipal Nº 41/2012 , presentado por la Intendenta Municipal, Sra Natalia Hollmann , declarándose operada la Prescripción Adquisitiva de dominio a favor de la Municipalidad de Dorila.
Art 2: El mismo designa a la posesión del inmueble descripto en el Considerando.
Art 3:.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 09 de Junio de 2014.-

 

N° 08 Prescripción Manzana 42

ORDENANZA Nº 08 /2014

VISTO:

Resolución Municipal Nº 41/2012 – expediente 01/2012 caratulado Municipalidad de Dorila s/ Prescripción Administrativa, iniciado por el Departamento Ejecutivo bajo la Resolución Municipal Nº 30/2012

 

CONSIDERANDO:

Que en la misma resolución se ordena disponer actuaciones sumariales a efectos de disponer la posesión del inmueble ubicado en el lote Oficial Nº 18 Fracción C de la Sección I de la Provincia de La Pampa, designado catastralmente como Ejido 019, Circ. I Radio a, Manzana 42 parcela 9, Partida Nº 752.357, inscripción de Dominio Tº 24 Folio Nº 537 Fca. Nº 4032, superficie según mensura particular 9968 m2.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar el proyecto de Ordenanza/ Resolución Municipal Nº 41/2012 , presentado por la Intendenta Municipal, Sra Natalia Hollmann , declarándose operada la Prescripción Adquisitiva de dominio a favor de la Municipalidad de Dorila.
Art 2: El mismo designa a la posesión del inmueble descripto en el Considerando.
Art 3:.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 09 de Junio de 2014.-

 

N° 09 Marcas y Señales

ORDENANZA Nº 09 /2014

VISTO:
Que el Ejecutivo Municipal debe firmar un Convenio con la Dirección General de Agricultura y Ganadería dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción para dar cumplimiento a la Ley 1601 de Marcas y Señales.
Que en el Artículo 3º establece la obligatoriedad en todo el territorio de La Pampa de señalar el ganado menos; y

CONSIDERANDO:

Que se debe autorizar mediante Ordenanza la firma del mencionado Convenio

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Apruébese y Autorizase al Ejecutivo Municipal a firmar un Convenio entre la Municipalidad de Dorila y la Dirección General de Agricultura y Ganadería dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción para dar cumplimiento a la Ley 1601 de Marcas y Señales.
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA;01 de Julio de 2014.-

 

N° 10 Soluciones Habitacionales 2014

ORDENANZA Nº 10 /2014

VISTO:

El programa “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización Nº 2461 de nuestra Provincia y;

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta Nº 9, otorgar para el año 2014 la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($210.000.-) por localidad, correspondiente al Programa Soluciones Habitacionales.

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;
Que el Instituto Autárquico de vivienda es quien pone en marcha la Operatoria prevista en el Programa referido;

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta localidad;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorícese la ejecución del Programa de Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por Consejo Provincial de Descentralización para el año 2014.
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

DORILA; 01 de Julio de 2014.-

 

N° 12 Libre deuda

ORDENANZA Nº 12 /2014

VISTO:
El ordenamiento fiscal vigente en la localidad que oportunamente fuera aprobado por este Honorable Cuerpo Deliberante;
Que en el mismo se establecen quienes son contribuyentes y sujetos obligados al pago de las tasas, servicios Municipales y principales ingresos y egresos de la Municipalidad de Dorila;
Que asimismo la Provincia de La Pampa mediante decreto 502/1999 estableció como requisito indispensable para contratar con la provincia la obligatoriedad para los Proveedores y Contratistas, de presentar un Certificado de Cumplimiento Fiscal de Impuestos sobre Ingresos Brutos, para poder efectuar contrataciones con la misma, invitando a adherir a lo dispuesto, a las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia; y
Que la Municipalidad de Dorila, adhiriendo a la invitación de la Provincia, considera acertado implementar un mecanismo similar para las contrataciones de bienes y servicios de esta localidad,
Que, entonces para poder contratar y/o proveer de bienes, servicios y/o alguna otra retribución por parte de la Municipalidad se exigirá contar con una constancia de libre deuda en concepto de todo tributo, tasa o servicio cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de esta Municipalidad, para poder contratar con la misma o usufructuar algún servicio por parte de esta Municipalidad;
CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de DORILA, adhiriendo a la invitación de la Provincia, considera acertado implementar un mecanismo similar para las contrataciones de bienes y servicios por parte de esta misma;
Que, se exigirá entonces contar con una constancia de libre deuda en concepto de todo tributo, tasa o servicio cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de esta Municipalidad, para poder contratar y/o prestar algún servicio con la misma;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1º:  Establécele como requisito indispensable para contratar y/o prestar algún servicio y/o percibir alguna retribución por parte de la Municipalidad de Dorila, a partir del 1º de Julio de 2014, poseer un Certificado de Libre Deuda por todo tributo, tasa, contribución o servicio cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de esta Municipalidad.-

Artículo 2º.-   Ninguna repartición de la Municipalidad podrá comprometerse adquirir bienes o servicios de Proveedores o Contratistas y/o prestadores de servicios que no posean el Certificado de Libre Deuda habilitante. Aquellos Proveedores o Contratistas y/o proveedores de Servicios con los cuales se lleve un sistema de cuenta corriente, deberán contar con el certificado tanto en el momento de la contratación como en el momento del pago.-

Artículo 3º.-   El Certificado mencionado en el artículo primero tendrá vigencia a partir del día 1º de Julio o de su otorgamiento con fecha posterior, hasta el 30 de Diciembre de 2014, fecha a partir de la cual deberá ser renovado en forma semestral. Para la vigencia del primero de los Certificados se solicitará estar sin deuda con la Municipalidad al 31 de Diciembre de cada año, mientras que para su renovación, será menester no poseer deuda al 30 de Junio del respectivo año.

Artículo 4º.-   Las excepciones a lo establecido en el artículo primero, solo podrán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo. En tales casos, la Secretaria correspondiente haciendo uso de las facultades conferidas por la ordenanza fiscal correspondiente podrá compensar, parcial o totalmente, los saldos acreedores de dichos contribuyentes, es decir que puede proceder al descuento directo de lo que el proveedor y/o prestador del servicios tenga a percibir por parte de esta Municipalidad.-

 Artículo 5º.- Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y aplicación, dese a conocer, cumplido, archívese en el Libro de Ordenanzas y Resoluciones Municipales.-

Nº 13 Impuestos

ORDENANZA Nº 13 /2014ORDENANZA Nº 13 /2014
VISTO:                                La necesidad de establecer los valores de Impuestos Municipales  para el corriente ejercicio y:

CONSIDERANDO:
             Que el departamento ejecutivo presentó el proyecto respectivamente de acuerdo a lo establecido en el art. 67 de la lay 1597/95.                 Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.

 

POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:Art 1: Aprobar importes de los impuestos municipales según la siguiente lista de precios:

Terrenos baldíos $ 4,80 m (frente)   50% esquina Alumbrado público $ 0,89 m2 Recolección residuos/limpieza $ 2,00Barrido Zona Urbana $ 2,00Conservación Calle de Tierra $ 1,50Conservación Pavimento $ 2,00Riego $ 2,00Agua Potable $ 20,28

Art 2: Los mismos importes comenzarán a regir a partir del 1º de Agosto del presente año.-Art 3:.- Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 17 de Julio de 2014.- 

Nº 14 Impuestos completos

ORDENANZA Nº 14 /2014ORDENANZA Nº 14 /2014
VISTO:                                La necesidad de establecer los valores de Impuestos Municipales  para el corriente ejercicio y:

CONSIDERANDO:
             Que el departamento ejecutivo presentó el proyecto respectivamente de acuerdo a lo establecido en el art. 67 de la lay 1597/95.                 Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.

 

POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar importes de los impuestos municipales según la siguiente lista de precios:
Terrenos baldíos $ 4,80 m (frente)   50% esquina Alumbrado público $ 0,89 m2 Recolección residuos/limpieza $ 2,00Barrido Zona Urbana $ 2,00Conservación Calle de Tierra $ 1,50Conservación Pavimento $ 2,00Riego $ 2,00Agua Potable $ 20,28Limpieza Terrenos Baldíos $160,00Visación de Planos para Construcción $ 42,25Visación por Derecho Construcción $ 3,04 m2 Sucesión o Condominio $ 13,00Derecho de Oficina /Libre de Deuda $ 15,00Libreta Sanitaria (Renovación c/2 años o inicio) $ 32,20Renovación Semestral (Libreta Sanitaria) $ 19,20Duplicado / Triplicado Libreta Sanitaria $ 20,40Conservación Espacios Verdes $ 10,00Para retirar tierra, escombro u otros objetos depositados en la calzada, a solicitud del interesado, por viajes. $ 116,00Servicio de camión volcador por hora $ 350Motoniveladora por hora $ 500Palas  Mecánicas por hora (tractor) $ 450Pala de Arrastre con tractor por hora $ 310Camión regador por viaje $ 160Desmalezadota tirada con Tractor por hora $ 300Cisternas de agua por día $ 100Desagote de pozos $ 120

Art 2: Los mismos importes comenzarán a regir a partir del 1º de Agosto del presente año.-Art 3:.- Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 17 de Julio de 2014.- 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nº 15 Tasas Guías de Granos

ORDENANZA Nº 15 /2014

VISTO:

Que el Decreto 303/12 del Poder Ejecutivo Provincial determino la adecuación de las tasas y valores que las Comisiones de Fomento percibirían por el servicio de certificar sobre el registro y autenticidad de las Guías de Campaña para el Transporte de Granos dentro y fuera del territorio Provincial.
Que la Municipalidad de Dorila, presto adhesión a lo dispuesto por el mencionado Decreto Provincial, mediante Ordenanza N° 08/2012.
Que el Decreto N°1149/12 del Poder Ejecutivo Provincial modifico el Decreto N° 303/12 que estableció la reforma de la tasa de marcas y señales y la adecuación de la tasa de traslado de granos.
Que el referido Decreto N° 1149/12 derogo los artículos 4° y 6° y el inciso g) de los artículos 7° y 8° respectivamente del Decreto N° 303/12. Sustituyendo el último párrafo del artículo 3° y el artículo 5° del mencionado Decreto, otorgándole una nueva redacción y aprobó un Sistema de Administración de Guías (SAG), siendo el único autorizado para la emisión por medios informáticos de las Guías de Campaña para el traslado de Cereales.
Que la Municipalidad de Dorila, presto adhesión a lo dispuesto por el mencionado Decreto Provincial, mediante Ordenanza N° 08/2012.

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario actualizar el valor de la tasa por el servicio de intervención, fiscalización, certificación y procedimiento a seguir para la expedición de las Guías de Campaña para el Transporte de Granos dentro y fuera del territorio Provincial, a fin de mantener la proporcionalidad entre el importe de la tasa y el gasto que le produce al Municipio prestar el servicio.
Que toda tasa debe guardar relación con el servicio prestado y ser equitativa.
Que el Decreto 303/12 del Ejecutivo Provincial al que el Municipio mediante Ord. Nº 08/12 adhirió estableció el valor de la guías por movimiento de cereal como valor fijo.
Que dichos valores no obtiene actualización desde junio de 2012.
Que la expedición de guías de cereales en la Provincia de La Pampa se encuentra instrumentada en un Sistema Administrador de Guías (SAG), creado por el Decreto de Ejecutivo Provincial N°1149/12; al que el Municipio adhirió mediante Ord. N°…/12 suscribiendo el convenio de recaudación pertinente.
Que en el marco normativo vigente las tareas de intervención, fiscalización y procedimientos a seguir con respecto a la expedición de guías de cereales requiere la adecuación de valores fijos que fueron oportunamente aprobados.
Que el estado debe moderar las condiciones de los montos de las tasas y tiene que propender a la equivalencia en la fijación de aportes para su aplicación en circunstancias similares.
Que los municipios dentro de las facultades que le son propias, han convertido el pago de la tasa por el mencionado servicio, en un recurso genuino y legal.
Que los municipios prestan el servicio de intervención, fiscalización y certificación con respecto a la expedición de Guías de Campaña para el Transporte de Granos dentro y fuera del territorio Provincial, como así también tienen a su cargo el mantenimiento de caminos vecinales por donde inicialmente comienza el transporte de la mercadería en cuestión.
La Constitución de la Provincia de La Pampa prescribe que el tesoro de los municipios estará formado por el producto de las tasas retributivas de servicios (art. 121 C.P.), por su parte los municipios son entidades autónomas, con facultad para regular sobre las tasas retributivas de los servicios que prestan.
La Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento N° 1597, en su artículo 103, menciona: “Se declaran recursos municipales ordinarios los tributos, tasas, …entre ellas los siguientes: …35°) Registro y certificación de firmas en guías de campaña,…..”.-
Por su parte el artículo 109 del mismo texto, expresa: “Las tasas consideradas jurídicamente como retributivas de los servicios públicos que prestan los municipios en su gestión de administración y gobierno, se fijarán en forma que cubran el costo total de los mismos más un adicional de hasta el treinta por ciento (30%) de ese costo”.
Concluyendo es potestad del municipio, fijar la tasa por el servicio que presta, imponer un costo respetando las características de igualdad y equidad que deben informar a todos los tributos, con más la de la proporcionalidad del aporte que efectúa el contribuyente con el servicio prestado.
El coste de la tasa debe guardar relación con el gasto que demanda al Municipio la prestación del Servicio, esa proporción se ha visto distorsionada ante la falta de actualización (teniendo en cuenta que tal servicio no obtiene actualización desde junio de 2.012). Ya que ha operado un incremento en todos los elementos que inciden en el costo del servicio (haberes del personal, insumos, etc.) y se ha mantenido sin modificación el precio de la tasa.
Que es fundamental definir un índice de actualización de la tasa que sin apartarse de los principios que informan la misma, refleje la mencionada proporcionalidad. Tomando en consideración las condiciones del mercado del cereal y el hecho de que los municipios cobran una tasa como contraprestación del servicio prestado.
Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publica en su página oficial www.minagri.gob.ar, dentro del Sector Granos, “Valores de Mercado Acumulados”, cual ha sido la variación de los valores de los cereales por toneladas desde junio de 2012 a junio de 2014.
Que tomando las variaciones de los valores por tonelada de los cuatro cereales más determinantes (trigo, maíz, girasol y soja) y realizando un promedio de los mismos obtenemos una variable de ajuste de la tasa proporcional al incremento del costo del servicio en forma sostenida para el Municipio en los últimos dos años.
Además debe tomarse en cuenta que el valor de las guías por movimiento de cereal se encuentra determinado en la normativa (Decreto Provincial N° 303/12 al cual se adhirió por Ord. N°…/12) como valor fijo a diferencia del valor de las guías por movimiento de hacienda que varía en función del Índice General del Mercado de Liniers (IGML), de publicación diaria, motivo por el cual el valor se adecua mensualmente, por lo que también corresponde determinar un índice de actualización semestral directo del valor de las guías por traslado de cereal, a fin de mantener la proporcionalidad entre el servicio que se presta y el costo del mismo.
Que el índice de variación semestral del valor de la guía de traslado de cereal debe fijarse, por las condiciones propias del mercado de cereal, en el promedio de variación de los valores por toneladas de los cereales: Trigo, Maíz, Girasol y Soja; informados y publicados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación en su página oficial www.minagri.gob.ar, dentro del Sector Granos, “Valores de Mercado Acumulados”, tomando para su determinación el valor del cereal a la fecha en que operó la actualización del valor de la tasa y el valor del cereal al último día hábil anterior a la iniciación del nuevo semestre

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Para los servicios de guías de campaña para el transporte de granos dentro y fuera del territorio de la provincia se deberán aplicar las siguientes tasas:
l) Por cada traslado de granos desde el ejido comunal con destino fuera del territorio provincial…..$ 315.00
II) Por cada traslado de grano fuera el ejido comunal con destino dentro del territorio provincial….$ 158.00
III) Por cada traslado de grano desde el ejido comunal con destino dentro del territorio provincial transportado a sí mismo por el productor………………………………………………………………………………….. $158.00
IV) Por cada traslado de granos dentro del ejido comunal o transportado a sí mismo por el productor, SIN CARGO. Para efectuar el traslado por este concepto deberá abonar un derecho de oficina..$ 35.00
V) Por cada traslado de grano que se efectúe por ferrocarril se abonará por vagón………………………$ 280.00.

Art 2: La tasa para los servicios de guías de campaña para el transporte de granos dentro y fuera del territorio de la provincia, se actualizara semestralmente en forma directa, fijando como índice de actualización, el promedio de variación de los valores por toneladas de los cereales: Trigo, Maiz, Girasol y Soja; informados y publicados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación en su página oficial www.minagri.gob.ar, dentro del Sector Granos, “Valores de Mercado Acumulados”, tomando para su determinación el valor del cereal a la fecha en que opero la actualización del valor de la tasa (valor vigente en el semestre que finaliza) y el valor del cereal al último día hábil anterior a la iniciación del nuevo semestre
Art 3: Comuníquese, regístrese y pase al Departamento Ejecutivo Municipal, para sus efectos.

 

DORILA; 04 de Agosto de 2014.-

 

N° 15 Antenas (montos)

ORDENANZA Nº 15 /2014ORDENANZA Nº 15 /2014
VISTO:  
   Los montos vigentes para la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que los montos de las tasas referidas han quedado desactualizados.-   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:Art 1: FÍJENSE los siguientes importes a abonar por estructuras portantes de antenas de telefonía de cualquier tipo:a) TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN: $25.000  por única vez y por cada estructura portante.-b) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $33.000 anuales por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $8.250 por cada estructura portante.-
Art 2: La presente Ordenanza entrará en vigencia al 1º de Enero de 2014.- 
Art 3: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 18 de Julio de 2014.- 

Nº 18 Zona Urbana

ORDENANZA Nº 18 /2014

VISTO:

La necesidad de delimitar la Zona Urbana perteneciente a la localidad de Dorila.

CONSIDERANDO:

Que según ley Nº 1597, son facultades normativas del Concejo Deliberante dictar ordenanza referente al plan de urbanización y delimitar espacios;
Que es necesaria su determinación para acompañar el crecimiento y el mejoramiento de la localidad.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Delimitase como Zona Urbana de la localidad de Dorila, el sector comprendido: de Norte a Sur, entre Manzana 1, 2 y 3 (antiguamente Chacra 1) hasta Manzana 66B; y de Oeste a Este, desde Calle 9 hasta Calle 16 .

Art 2: Comprendiendo los modos de vida y la dinámica propia de la localidad, se comenzará institucionalizando lo existente.

Art 3: Se adjunta plano con la delimitación del caso.-

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA;11 de Septiembre de 2014.-

 

Nº 19 Antenas montos actualizados

ORDENANZA Nº 19 /2014ORDENANZA Nº 19 /2014
VISTO:  
   Los montos vigentes para la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS”; y 
CONSIDERANDO:
   Que los montos de las tasas referidas han quedado desactualizados.-   Que resulta necesario actualizar dichos montos, para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: FÍJENSE los siguientes importes a abonar por estructuras portantes de antenas de telefonía de cualquier tipo:a) TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN: $35.000  por única vez y por cada estructura portante.-b) TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURA RELACIONADAS: $42.500 anual por cada estructura portante.Dicha suma se reducirá en un 50% en caso de que el contribuyente demuestre que los ingresos que obtiene por la explotación del servicio en la jurisdicción, son inferiores al monto de la tasa que debería abonar.  Cuando se trate de estructuras portantes utilizadas exclusivamente para antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, se abonará anualmente $8.000 por cada estructura portante.-
Art 2: La presente Ordenanza entrará en vigencia al 1º de Enero de 2015.- 
Art 3: COMUNÍQUESE  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 13 de Octubre de 2014 .- 

Nº 23 Habilitación Grimalt

ORDENANZA Nº 23 /2014

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: FABRICA DE PREMOLDEADOS, del señor Grimalt, Carlos y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial (signado en planilla como Local de Ventas)

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Grimalt, Carlos ; DNI 20195525; en el rubro FABRICA DE PREMOLDEADOS; con domicilio en calle 2 esquina 9 Nº 6 (domicilio particular)

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 28 de Octubre de 2014 .

AÑO 2013

Nº 01 Continuación apertura calle 17 entre 2 y 4

ORDENANZA Nº 01/2013

VISTO:

Continuación apertura Calle Nº 17 entre calle 2 y 4, para el ingreso a las parcelas Nº 3 y 16 de la Chacra 1.-

CONSIDERANDO:

Que, corresponde al Consejo Deliberante autorizar la continuación apertura de la calle Nº 17; Según Art 101 de la Ley Organica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.-

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autoriza a la Señora Intendenta a realizarla continuación apertura de la calle Nº 17 entre calle 2 y 4.-
Art 2: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 21 de Enero de 2013.-

 

Nº 02 cap7 subdivisiones del Plan Estratégico

ORDENANZA Nº 02 /2013

VISTO:

La necesidad de adoptar plan estratégico de desarrollo urbano ambiental y;
El análisis del informe final del plan estratégico de desarrollo urbano ambiental según arquitecto Alfredo Ibáñez existente en esta Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que según ley Nº 1597, artículo 36 inciso 6º, son facultades normativas del Concejo Deliberante dictar ordenanza referente al plan de urbanización;
Que dicho plan podrá imponer restricciones y límites al dominio, estableciendo zonas residenciales e industriales;
Que, además determina las condiciones y requisitos para la construcción, conservación y mantenimiento de los edificios particulares y públicos, sus partes accesorias, sus demoliciones; y sobre baldíos;
Que, además, dictará las normas de urbanización que fijen las condiciones que debe cumplir la red viaria, así como los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, y suministro de gas y de energía eléctrica;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Aprobar el capitulo 7: Normas generales sobre subdivisión, ocupación y morfología del suelo y tejido urbanos; del plan mencionado.
Art 2 : Considerar, a su debido tiempo, la aprobación o no de otros capítulos de dicho plan
Art 3:.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 19 de Marzo de 2013.-

 

Nº 03 Electrificación loteo

ORDENANZA Nº 03 /2013

VISTO:

Alimentación Eléctrica a Loteo Municipal

CONSIDERANDO:

Que todo proyecto de urbanización deberá contar con la certificación del suministro de energía de porte de la empresa prestadora, en la que se especifique la potencia necesaria para cumplir las necesidades actuales y futuras.
Que las líneas de distribución y alumbrado deberán, siempre que sea posible, ser subterráneo.
Que el proyecto de las líneas deberá cumplimentar la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) para este tipo de obras.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar la ejecución del proyecto presentado por Electrosistemas del Señor Jorge Pico, por mejor propuesta en cuanto a tiempo de ejecución y presupuesto.
Art 2 : El mismo consiste en la ejecución, provisión de materiales, instalación y puesta en marcha de la alimentación subterránea al loteo realizado por esta Municipalidad,
Art 3: El mencionado proyecto se adecuará a las normativas de la Asociación Electrotécnica Argentina y a la Administración Provincial de Energía , y tramitado ante la cooperativa eléctrica correspondiente.
Art 4: El mencionado proyecto se adjunta a la presente ordenanza.
Art 5: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

DORILA; 04 de Marzo de 2013.-

 

Nº 06 Aprobación Balance y Presupuesto

ORDENANZA Nº 06 /2013

VISTO:

Balance de Recursos y de Egresos, Restructuración de Presupuesto

CONSIDERANDO:
Que el mismo es al 31 de Diciembre de 2012

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: : Téngase por presentado el Balance de Recursos y de Egresos, Restructuracion de Presupuesto al 31 de Diciembre de 2012

 

Art 2 Apruébese Erogaciones por la suma de pesos seis millones, doscientos veintinueve mil, ciento noventa y ocho con cincuenta y ocho centavos ( $ 6.229.198,58)

 

Art 3:.-
Art 4: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

Nº 07 Rendición Provida Verano

ORDENANZA Nº 07/2013

VISTO:
Expte 767/13 Ministerio de Bienestar Social- Subsecretaría de Política Social- S/Programa PRO – VIDA VERANO 2013 y;

CONSIDERANDO:
Que el beneficio de referencia será destinado a solventar parcialmente el gasto que demande el desarrollo PROGRAMA PRO – VIDA VERANO 2013
Que tiene como finalidad general fortalecer a las familias por medio de prevención y asistencia, dando privilegio a los niños, adolescentes y adultos mayores.-

Que las acciones sociales contemplan al orden psico-social, nutricional, educativo, socializador y recreativo-deportivo.
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Adherir a dicho Programa y
Art 2: Se recibió la suma de $ 15.000 (pesos quince mil), según Resolución Nº 095/13
Art 3: El mismo se aplica para cubrir los gastos que demande los agentes a cargo de las áreas del Programa Pro- Vida (escuelas deportivas, módulos flexibles , Ayelén y Cumelén) de esta Municipalidad.
Art 4: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

Dorila,………….. de 2013

 

 

Nº 08 Tarifaria

ORDENANZA Nº: 08/2013

VISTO:

La necesidad de establecer la Ordenanza Tarifaria para el corriente ejercicio y:

 

CONSIDERANDO:

Que el departamento ejecutivo presentó el proyecto respectivamente de acuerdo a lo establecido en el art. 67 de la lay 1597/95.
Que la gestión que se propicia corresponde a este cuerpo deliberativo de acuerdo a lo determinado en art. 37 de la lay 1597/95.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

ART. 1: Fíjese como Ordenanza Tarifaria para la Municipalidad de Dorila.

 

ART. 2: Pase al departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese, publíquese, cumplido, archívese.

DORILA, 19 de Marzo de 2013.-

 

 

 

Nº 09 Autorización rifas

ORDENANZA Nº 08 /2013

VISTO:

Decretos 2032/79; 2702/90 y 2247/05 y Resolución del Directorio Instituto de Seguridad Social Nº 626/08 y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar importe de boletas de rifas y sorteos en general.
Que ha tomado intervención la Auditoría Interna y Asesoría Letrada del Instituto de Seguridad Social.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Dejar sin efecto la Resolución del Directorio del Instituto de Seguridad Social Nº 626/08 del 24 de junio de 2008.

Art 2: Autorizar rifas y sorteos en general cuando el valor de la boleta no supere los pesos cincuenta ($50) y la cantidad de dos mil (2000) boletas; según artículo 2 del Decreto 2032/79

Art 3: El plazo de los sorteos será inferior a los noventa (90) días contados a partir de la autorización de la rifa por parte de Municipalidad, a efectos del art. 8 Dto 2032/79

Art 4: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; ………………….de 2013.-

 

Nº 10 Compra Iveco

ORDENANZA Nº 10 /2013

VISTO:
Adquisición Minibus 0 km , con 19 + 1 asientos

CONSIDERANDO:

Que es de gran importancia la adquisición de un nuevo vehículo tipo minibús, para el traslado de alumnos, trabajadores y salidas grupales para eventos municipales de los Programas Vigentes.
Que es necesario un nuevo vehículo debido a las condiciones en que se encuentran las que están en uso actualmente,( marcas Iveco y Renault Traffic)
Que de esta forma se abaratan costos de alquiler en contratación de empresas particulares.
Que la Señora Intendente solicita la autorización de compra del vehículo

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Autorizar a la Señora Intendente Natalia Hollmann para realizar la adquisición de un vehículo para el traslado de alumnos, trabajadores y grupos participantes de Programas vigentes.
Art 2: El mismo deberá contar con 19 + 1 asientos.
Art 3: De los presupuestos presentados, corresponde adjudicar la compra a la empresa Mossman Camiones, de la ciudad de General Pico.
Art 4: El vehículo será un Minibus Marca Iveco 55c16, 0km; color blanco 19 + 1 asientos, c/AA.
Art 5: El valor del mismo asciende a $ 407.000,00; depositando el 50% al momento de la compra para mantener y cancelar el precio final.
Art 6: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 20 de Mayo de 2013.-

 

Nº 10 Vivienda Servicio

ORDENANZA Nº 10 /2013

VISTO:

Decreto Nº 94/13 y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo aprueba el nuevo Reglamento y documentación legal y técnica para la implementación de Programa Provincia y Municipio- Viviendas de Servicio;
Que en la localidad hay una importante demanda de vivienda de servicio; por lo que es necesaria la construcción de una (1) vivienda de servicio con destino: Salud.-
Que este Municipio cuenta con terrenos aptos para la construcción de la misma, conforme la reglamentación vigente del Programa de referencia;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Adhiérase la Municipalidad de Dorila, a la Operatoria Provincia y Municipios- Viviendas de Servicio Art 2: Apruébase la ejecución de una (1) vivienda de Servicio de Salud, en esta localidad, correspondiente a la Operatoria Provincia y Municipios- Viviendas de Servicio, decreto 94/13.-
Art 3:. Las viviendas de Servicio destinada a Salud serán construidas en terreno de dominio:
Nomenclatura catastral: Ejido 019, Circuns. 1º, Radio “A”, Manzana 66ª Parcela 22 .
Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

 

DORILA; 13 de Mayo de 2013.-

 

Nº 11 Posesión de Adolfo Fuentes

ORDENANZA Nº 11 /2013

VISTO:
Posesión veinteñal terreno, según Ejido 019, Circ 1 Radio A, Manzana 49, Parcela 21, Nº de Partida 781649 a favor de Fuentes, Adolfo y ;
CONSIDERANDO:

Que el señor Fuentes, Adolfo DNI 7.362.611 posee un terreno ubicado en el ejido 019 Circ 1 Radio A, Manzana 49, Parcela 21, Nº de Partida 781649 de esta localidad, con una superficie de 700 metros cuadrados.
Que el mismo está en trámite posesión veinteñal según boleto de compraventa presentado y que abona los impuestos inmobiliarios desde el 2006 a la fecha,
Que por ser vecino de este medio, con antigüedad de residencia y contar con óptimos antecedentes personales,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Intendente Municipal de Dorila, Sra Natalia Hollmann para que el señor: Fuentes, Adolfo, DNI 7.362.611, continúe con los trámites respectivos a la inscripción como poseedor del terreno mencionado anteriormente
Art 2: : Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA: 13 de Mayo de 2013

 

Nº 12 Compra automóvil

ORDENANZA Nº 12 /2013

 

VISTO:

Adquisición automóvil 0 km para uso oficial de la Municipalidad

CONSIDERANDO:

Que es necesario adquirir un automóvil 0 Km., para uso oficial, por desgaste del automóvil en uso actual.
Que se presentó presupuestos por el valor del automotor a adquirir para evaluar el mismo.
Que los fondos a usar corresponden a la ley de Hidrocarburos.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Señora Intendente: Natalia Hollmann, a la compra de un automóvil 0 km , para uso oficial de esta Municipalidad.

Art 2: Que el mejor presupuesto corresponde a la empresa Manera Pérez y Cía, por un automóvil marca Renault Logan 1.6; 0km, Pack I con un valor de $89.600;00.

Art.3: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA: 20 de Mayo de 2013

 

 

Nº 14 Donación computadora a Destacamento Policial

ORDENANZA Nº 14 /2013

VISTO:

Nota del Suboficial Héctor Ochoa, a cargo del Destacamento local, solicitando la donación de una computadora e impresora; para uso específico de dicha institución.

CONSIDERANDO:

Que es necesaria la modernización del equipo tecnológico en el Destacamento local.
Que la computadora e impresora con la que se cuenta actualmente tiene una antigüedad superior a los 8 años, y además los programas que poseen las mismas son insuficientes para la realización de la tarea pertinente.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la Señora Intendente, Natalia Hollmann, a gestionar y adquirir un equipo de computación e impresión para el uso del Destacamento local.
Art 2: Que las mismas tendrán un carácter de DONACIÓN de esta Municipalidad al destacamento.
Art 3:.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 20 de Mayo de 2013.-

Nº 17 Bis Envases agroquímicos

ORDENANZA Nº 17 BIS /2013

VISTO:

DISPOSICION 289/13 del Ministerio de la Producción – Dirección General de Agricultura y Ganadería- s/ Requisitos para la Gestión de Envases Vacíos de Agroquímicos, y;

 

CONSIDERANDO:

Que por Ley 1466 se adhiere a la Ley Nacional Nº 24.051, referida al tratamiento de los desechos peligrosos, considerando a los envases vacíos de agroquímicos como tales;

Que al Estado le corresponde velar que se haga efectivo el derecho de las personas a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, así como garantizar su derecho a la salud.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Adherir en forma total a dicha Disposición.
Art 2: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 17 de Junio de 2013.-

Nº 17 Tasa conservación cementerio

ORDENANZA Nº 17 /2013

VISTO:

Actualización tasa de Mantenimiento y Conservación de Cementerio local

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar la taza de Mantenimiento y Conservación del Cementerio
Que dicha actualización corresponde adjuntar a la Tarifaria del presente ejercicio.
Que se acuerda una tasa diferenciada para el cementerio parque y otra para área de nicheras y tumbas
.
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Fíjese como tasa de mantenimiento y conservación para el área de cementerio parque, la suma de $ 150 (pesos ciento cincuenta), en forma anual.

Art 2: Fíjese como tasa de mantenimiento y conservación para el área de cementerio correspondiente a nicheras y tumbas la suma de $ 100 ( pesos, cien), en forma anual.

Art 3:.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 17 de Junio de 2013.-

 

Nº 18 Presupuesto

ORDENANZA Nº 18 /2013

VISTO:

Que es necesario establecer el cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos de este Municipio para el ejercicio 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho elemento permitirá instrumentar el desempeño administrativo en forma más eficaz y planificada;
Que la preparación del mismo tiende a un equilibrio financiero de la Comuna con un excedente que permita el cumplimiento óptimo de la Obra Pública y el equipamiento acorde con la modernización proyectada para el Municipio;
Que en el mismo se plantean diversas acciones de Gobierno conforme a las facultades delegadas por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que la sanción de la Gestión que se propicia es la facultad del Concejo Deliberante de acuerdo al artículo 37 de la Ley 1597.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

Art 1: Estímese los Recursos y fíjense las erogaciones de la Municipalidad de Dorila para el ejercicio 2013 en la suma de pesos: nueve millones, doscientos cuarenta y nueve mil, setecientos cincuenta con ochenta y dos centavos. ($ 9.249.750,82), de acuerdo a los Anexos I, II y III y que forman parte de la presente Ordenanza.
Art 2: Fíjense en Dieciséis (16) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente, y en tres (3) el número de cargos de la Rama Deliberativa, según detalle de los anexos IV y V y que forman parte de la presente Ordenanza.
Art 3:.Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar anticipos de Coparticipación cuando lo crea necesario ante el Poder Ejecutivo Provincial.
Art 4: En ningún caso podrán comprometerse gastos sino hasta el monto total de los Recursos efectivamente realizados.
Art 5: Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese, publíquese y archívese.

DORILA; 17 de Junio de 2013.-

 

Nº 19 Fofeso

ORDENANZA Nº 20 /2013

VISTO:
Rendición movimientos FoFeSo ( Fondo Federal Solidario) correspondiente al 1º semestre 2013 y;

 

CONSIDERANDO:

Que los fondos disponibles del FoFeSo, fueron utilizados en el proyecto presentado,
Que el mismo fue para adquisición de un (1) tractor de segunda mano Marca Casse Modelo 2008, adquirido a la firma El Surco Tractores SA, de la ciudad de General Pico, por el valor de pesos doscientos treinta y tres mil ($233.000,00), realizado en dos pagos consecutivos

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Dar por aprobada la rendición del FoFeSo correspondiente al 1º Semestre del 2013, según proyecto presentado.
Art 2: Pase al Departamento Ejecutivo, para su aprobación y elevación a Secretaria de Asuntos Municipales, cumplido, archívese.

 

DORILA; 11 de Julio de 2013.-

 

Nº 20 Licencia Intendenta Municipal

ORDENANZA Nº 20 /2013

VISTO:
Que la intendente Natalia Evangelina Teresa Hollmann debe hacer uso de la Licencia por Maternidad.

CONSIDERANDO:

Que la misma corresponde según Ley 1597, de la Ley Orgánica de Municipios y Comisiones de Fomento.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Designar a ocupar ese cargo a la primera concejal Sra Mara Susana Rivarola, DNI 17734750, durante la licencia de la Sra Intendente.

Art 2: La licencia, a pedido de la Sra Hollamnn, comprenderá desde el once (11) de julio hasta el primero (01) de octubre, inclusive; del corriente año.

Art 3: Comuníquese, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

DORILA; 11 de Julio de 2013.-

 

Nº 21 Autorizando venta Clío

ORDENANZA Nº 21 /2013

VISTO:

Autorización venta auto oficial de esta Municipalidad

CONSIDERANDO:
Que es necesario autorizar a la señora Intendente a realizar la venta pública del auto oficial Renaul Clio, chapa patente EQV299
Que la misma se produce por la adquisición de un nuevo vehículo.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorizar a la señora Intendente, Lic. Natalia Hollmann a efectuar los trámites necesarios para la venta del auto oficial, cuyos datos se detallan a continuación:

Fábrica: Renault Argentina S.A
Marca: Renault
Modelo: Clio 2 F2 Tric Die Expression Sedán 4 puertas
Motor Nº: K9KA700D068746
Chasis Nº: 8A1LB07155L538786
Número de Dominio: EQV299
Modelo Año: 2004
Titular: Comisión de Fomento de Dorila
Número de Cedula: 0213844584 Obs: cédula 33993197 por extravío de chapas (julio de 2010)
Inscripto en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional General Pico 1

Art 2: Que el mejor monto a convenir será realizado mediante transferencia bancaria.
Art 3: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese
Art 4:

 

DORILA; 11 de Julio de 2013.-

 

Nº 22 Soluciones Habitacionales

ORDENANZA Nº 22 /2013

VISTO:

El Programa “Soluciones Habitacionales” previsto en la Ley de Descentralización Nº 2461 de Nuestra Provincia y;

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Provincial de Descentralización, acordó bajo los términos del Acta Nº 8, otorgar para el año 2013 la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($180.000,00.-) por localidad, correspondiente al programa Soluciones Habitacionales.

Que dichos fondos podrán ser destinados a la construcción, reparación, ampliación o recuperación de viviendas existentes o para la provisión, de servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;

Que el Instituto Autárquico de la Vivienda es quien pone en marcha la operatoria prevista en el Programa referido;

Que a los fines de la ejecución de dicho Programa es necesaria la intervención del Concejo Deliberante de esta Localidad;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA, SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autorícese la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido por el Concejo Provincial de Descentralización para el año 2013.-
Art 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 17 de Julio de 2013.-

 

Nº 23 Rendición Hidrocarburos

ORDENANZA Nº 23 /2013ORDENANZA Nº 23 /2013
VISTO:  
Rendición 1º Semestre de Ley 2392 de Hidrocarburos – Decretos 1161/0 y 2315/10 y Ley 2691 y;

CONSIDERANDO:
Que los montos transferidos para dicha Ley, se utilizaron un total de Pesos doscientos cuarenta y seis mil quinientos nueve con sesenta y un centavos ($ 246.509,64);Que los mismos fueron aplicados en los siguientes Obras y Servicios de Capital que se detallan a continuación;⦁ Construcción tapial lindera entre Sala Velatoria y Salón Tercera Edad⦁ Construcción parrilla con mesada y alero techado en Salón Tercera Edad⦁ Construcción en un 50% del piso galpón corralón municipal⦁ Construcción cocina y baños en corralón municipal para uso del personal⦁ Adquisición de una desmalezadota GROSPPAL, nueva⦁ Adquisición de un automóvil marca RENAULT, Modelo Logan, 0 km, para uso oficial.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:Art 1: Dar por aprobada la rendición del 1º Semestre de Ley 2392 de Hidrocarburos , según proyecto presentado.
Art 2: Pase al Departamento Ejecutivo, para su aprobación y elevación a Secretaria de Asuntos Municipales, cumplido, archívese.
Art 3:.- Comuníquese  al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y  cumplido, archívese

DORILA; 23 de Julio de 2013.- 

Nº 24 Venta Schenhaiter

ORDENANZA Nº 24 /2013

VISTO:

Venta terrenos municipales a SCHENHAITER, Angel Javier, DNI: 30.016.083; correspondientes a la Mza 66 A parcela 21

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad requiriéndose para ello el voto afirmativo, de los dos tercios del total de sus miembros
Que existiendo dentro del ejido de la localidad bienes inmuebles sujetos a la venta y no existiendo impedimento normativa para tal autorización;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Autoriza a la Señora Vice Intendente, Sra Mara Rivarola, DNI 17734750; a realizar la venta de dicha parcela al Señor Schenhaiter, Javier;

Art 2: El monto de la venta consistirá en veintisiete mil pesos ($ 27.000,00) y se realizará por medio de transferencia bancaria.

Art 3:.Los gastos que surgieran de dicha venta serán solventados por el adquirente

Art 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y cumplido, archívese

 

DORILA; 29 de julio de 2013.-

 

Nº 25 Continuación licencia Intendenta

ORDENANZA Nº 25 /2013

VISTO:
Que la intendente Natalia Evangelina Teresa Hollmann debe extender la Licencia por Maternidad.

CONSIDERANDO:

Que la misma corresponde según Ley 1597, de la Ley Orgánica de Municipios y Comisiones de Fomento.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Continuar en ese cargo la primera concejal Sra. Mara Susana Rivarola, DNI 17734750, durante el tiempo solicitado por la Sra Intendente.

Art 2: La licencia, a pedido de la Sra Hollamnn, comprenderá desde el primero (01) de Octubre hasta el treinta y uno (31) de Octubre, inclusive; del corriente año.

Art 3: Comuníquese, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese.

DORILA; 19 de Setiembre de 2013.-

 

 

Nº 26 Habilitación Bongianino Adriana

ORDENANZA Nº 26 /2013

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: ENVASADO Y VENTA DE AGUA DE MESA, de la señora Bongianino, Adriana Patricia, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Bongianino, Adriana Patricia, en el rubro Envasado y venta de agua de mesa.

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 07 de Octubre de 2013.-

 

Nº 27 Habilitación Benítez Marta

ORDENANZA Nº 27 /2013

VISTO:

Solicitud de Habilitación Comercial en el rubro: Venta de ropa, de la señora Benítez, Marta, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho establecimiento se encuentra en actividad para la Explotación Comercial y

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Certificar Habilitación Comercial, de la Razón Social: Benítez, Marta, en el rubro: Venta de ropa

Art 2: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

 

DORILA; 07 de Octubre de 2013.-

 

Nº 31 Programa Invierno

ORDENANZA Nº 31/2013

VISTO:

Expte Caratulado “MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL- SUBSECRETARÍA DE POLITICA SOCIAL s/ Programa PRO VIDA INVIERNO 2013” y,

CONSIDERANDO:

Que el beneficio de referencia será destinado a solventar parcialmente el gasto del Programa PRO VIDA de invierno 2013, sub programa Ayelèn, Cumelén, Escuelas Deportivas y Módulo Flexible,
Que el monto transferido es de $ 17500,00 (pesos, diecisiete mil quinientos)
Que dicho monto corresponde a cuatro (4) cuotas.
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Aprobar los gastos afectados al pago de personal becado, de acuerdo a documentación presentada.

Art 2: Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 05 de Diciembre de 2013.-

 

Nº 32 Gastos Acción Social

ORDENANZA Nº 32 / 2013

VISTO:
Expte – Caratulado “Ministerio de Bienestar Social- Subsecretaría de Política Social- S/ Aporte económico destinado a gastos de Acción Social”y:

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la transferencia de fondos a favor de distintas comunas de la Provincia de La Pampa , destinados a solventar gastos de Acción Social;
Que por Decreto 67/04 modificado por Decreto 2170/10 se implementó el fondo de Emergencia Social, destinado a cubrir situaciones de emergencia,
Que la asistencia se brindará de manera directa a los damnificados por intermedio de Municipalidades.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1º: El ministerio de Bienestar Social, transferirá a la Municipalidad de Dorila, la suma de siete mil pesos ($ 7.000) mensuales.
Art 2º : El Poder Ejecutivo debe rendir expresa y documentada cuenta de la inversión realizada con esos fondos.
Art. 3º: Comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese, cumplido, archívese .-

 

Dorila, 05 de Diciembre de 2013

 

Nº 33 Programa Calorcito

ORDENANZA Nº 33 /2013

VISTO:

Expte- Ministerio de Bienestar Social- Subsecretaría de Política Social- S/ programa Calorcito 2013

CONSIDERANDO:

Que el beneficio del Programa Calorcito será destinado a solventar parcialmente el gasto que demande la Asistencia Social a personas de escasos recursos durante el período invernal.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art 1: Aprobar la rendición de gastos de dicho programa

Art 2: Que dicha rendición asciende a la suma de seis mil pesos

Art 3:.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 05 de diciembre de 2013.-

 

 

Nº 34 Comedores

ORDENANZA Nº 34 /2013

VISTO:
a) Expte – caratulado Ministerio de Bienestar Social- Subsecretaria de Política Social, s/ Programa Provida comedores 2013 y;

 

CONSIDERANDO:

Que el beneficio de referencia , cuyo aporte para este Municipio es de la suma de pesos doce mil, quinientos sesenta y seis, con cero ctvos, ($ 12.566,00), correspondiente a cuatro cuotas para cubrir parcialmente los gastos de comedor,
Que el mismo ha sido usado para dicho gasto, según comprobantes presentados.

 

Que el mismo ha sido usado para dicho gasto, según comprobantes presentados.

 

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE DORILA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art 1: Aprobar las rendiciones de Comedores Provida 2013,
Art 2: Art 3:.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, cumplido, archívese

 

DORILA; 05.de Diciembre 2013.-